En tierra de nadie

No es el momento para señalar dedos, ni para tomar represalias; es momento de que las instituciones del Estado cumplan con su propósito...

La Constitución en su art. 201 establece: “El sistema de rehabilitación social tendrá como finalidad la rehabilitación integral de las personas sentenciadas penalmente para reinsertarlas en la sociedad, así como la protección de las personas privadas de libertad y la garantía de sus derechos”. Hoy dicho artículo no es cumplido en su integridad a causa de diversos factores que se han ido agudizando en los últimos días. La rehabilitación social de todos los ciudadanos es un derecho y una obligación que el Estado debe cumplir. Quitando dogmas o pensamientos profundos sobre la situación de los privados de libertad y en sí sobre sus derechos, solo cabe recalcar algo: son seres humanos con derechos, que si bien se encuentran en una situación distinta a la vasta mayoría de ciudadanos, su integridad y derecho a la vida debe ser protegido, resguardado y velado por las instituciones del Estado para lograr su debida reinserción en sociedad. El contexto actual es claro, la situación no podría ser más increpante para el recién nombrado gobernador de la provincia, a los mandos de la Policía Nacional, Servicio de Rehabilitación y Gobierno, por no seguir extendiéndome. No es el momento para señalar dedos, ni para tomar represalias; es momento de que las instituciones del Estado cumplan con su propósito, evitando que los centros de rehabilitación se conviertan en ‘No Man’s Land’ o su traducción al castellano: en tierra de nadie.

Diego Antonio del Hierro Talbot