Sexismo puro

El legislador define la política criminal (infracciones); es de su exclusiva competencia hacer las leyes, interpretarlas, modificarlas, etc. Si bien la ponderación de derechos ha sido empleada específicamente en la justicia constitucional, la ponderación en abstracto es un mecanismo que permite al legislador en el procedimiento parlamentario prevenir la constitucionalidad de las medidas de intervención legislativa; supone hacerlo en una instancia de deliberación política y democrática como la Asamblea. El legislador no debe ser visto como enemigo de los derechos y de la Constitución; debería ejercer un rol positivo. Es uno de los ejes de funcionamiento del Estado constitucional al ser parte del órgano encargado de la dirección política del Estado. Sorprende que en el Legislativo son las mujeres asambleístas las que han sido destituidas de sus cargos o curules. Concuerdo con el magistrado Gustavo Zagrebelsky, “… que toda construcción conceptual que no reconozca las razones del legislador en un lugar adecuado e independiente debe temerse como un peligro para el equilibrio constitucional ya que la legislación tiene un fundamento constitucional propio y es una expresión de los derechos políticos, y sería un error absoluto negar su carácter originario y espontáneo y, peor aún, tratar de despolitizarla para degradarla a un mero ejercicio dogmático para el desarrollo de los contenidos constitucionales”. Siempre salvan a los “asambleístos” y se ensañan con las asambleístas. Sexismo puro.

Ab. Franklin Lituma Manzo