¿Regresan los tribunales militares? La propuesta incluida en el plan de seguridad de Noboa
El Plan Nacional de Seguridad Integral plantea la creación de tribunales militares especializados dentro de la Función Judicial

Noboa propone tribunales militares en 2026 para policías y militares en Ecuador.
Lo que debes saber
- Noboa propone tribunales militares en 2026 para policías y militares en Ecuador.
- Plan de Seguridad reabre debate sobre justicia militar eliminada en Ecuador desde 2008.
- Gobierno busca salas especializadas por operaciones de seguridad y crimen organizado.
La propuesta del Gobierno de Daniel Noboa de crear tribunales o salas especializadas para procesar casos relacionados con integrantes de las Fuerzas Armadas y la Policía ha vuelto a poner sobre la mesa el debate sobre la justicia militar en Ecuador, una figura que desapareció con la entrada en vigencia de la Constitución de 2008.
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La iniciativa forma parte del Plan Nacional de Seguridad Integral 2025-2029, oficializado mediante el Decreto Ejecutivo 448. Dentro de la denominada Estrategia de Seguridad 4.7, el documento plantea impulsar la instauración de tribunales militares especializados dentro del Consejo de la Judicatura, con el objetivo de que los procesos relacionados con personal de las fuerzas de seguridad sean tramitados por instancias con conocimiento específico de la actividad operativa militar y policial.
Aunque la propuesta ha generado atención, el plan no detalla cómo funcionaría este sistema ni cuál sería el alcance de sus competencias. Tampoco se ha presentado hasta el momento un proyecto normativo que explique si se trataría de una jurisdicción separada o de salas especializadas integradas al sistema judicial ordinario.
Un modelo que existió en el país
La justicia militar formó parte del ordenamiento jurídico ecuatoriano durante décadas. Bajo la Constitución de 1998, los miembros de la fuerza pública eran juzgados mediante procedimientos especiales.
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El sistema incluía una Corte de Justicia Militar y consejos de guerra encargados de conocer infracciones vinculadas a la actividad castrense, como deserción, traición o sedición.
En ese esquema, oficiales de alto rango ejercían funciones judiciales y los procesos se desarrollaban bajo una estructura distinta a la de la justicia civil. Sus defensores sostenían que estas instancias respondían a las particularidades de la función militar, mientras que sus críticos cuestionaban que constituyeran una excepción al principio de igualdad ante la ley.
El cambio constitucional de 2008
La situación cambió con la Constitución aprobada en Montecristi. El nuevo texto incorporó el principio de unidad jurisdiccional, estableciendo que los integrantes de la fuerza pública debían ser juzgados dentro del sistema ordinario. Posteriormente, una resolución del Consejo de la Judicatura dispuso el cierre de las cortes militares y policiales.
Sin embargo, la propia Constitución contempló la creación de salas especializadas para conocer este tipo de materias. Según investigaciones, ese mandato nunca llegó a desarrollarse plenamente, por lo que actualmente estas causas son conocidas por jueces y tribunales penales ordinarios.
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Debate jurídico y operativo
La propuesta del Gobierno surge en un contexto marcado por la participación activa de militares y policías en la lucha contra el crimen organizado y el conflicto armado interno declarado por el Ejecutivo.
Otros sectores han advertido históricamente que cualquier reforma debe garantizar la independencia judicial y evitar la reaparición de fueros especiales que puedan generar privilegios procesales.