sentencia
Hombre admite que provocó incendio forestal en Quito y recibe seis meses de prisión
El hombre setenciado se sometió a un procedimiento abreviado en el que admitió su participación directa en el incendio forestal

Este año, el procesado es el primer sentenciado por provocar un incendio forestal en Quito.
Cristofer Abraham fue condenado a seis meses de prisión por provocar un incendio forestal en el sector de San José de Monjas, en Quito. El hecho ocurrió la mañana del 26 de agosto de 2026, a la altura de la avenida Simón Bolívar.
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La sentencia se dictó mediante un procedimiento abreviado, luego de que el acusado reconociera ante la jueza de Garantías Penales haber cometido el delito.
“¿Acepta usted haber cometido el delito?”, le preguntó la jueza durante la audiencia. El procesado respondió afirmativamente y admitió su participación directa en el incendio.
¿Qué reveló la investigación de la Fiscalía?
Según la investigación presentada durante la diligencia, el hombre regó una sustancia inflamable sobre vegetación seca y posteriormente le prendió fuego, sin que se estableciera una razón para hacerlo.
Además de la pena de prisión, la sentencia contempla una multa de $ 1.446 y el pago de $ 498,53 como reparación integral a favor del Cuerpo de Bomberos de Quito.
La Fiscalía sustentó la acusación con informes de investigación y de inspección del incendio elaborados por el Cuerpo de Bomberos, un informe pericial sobre la afectación ambiental, la denuncia presentada por el Municipio de Quito y las versiones recopiladas durante el proceso.
Un delito contemplado en el COIP
El delito de incendios forestales y de vegetación está contemplado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y establece una pena de entre uno y tres años de prisión. Al acogerse al procedimiento abreviado y aceptar su responsabilidad, el procesado accedió a una reducción de la pena, conforme a las reglas previstas en el COIP.
Este mecanismo permite resolver determinados procesos penales de manera más rápida cuando el acusado reconoce expresamente los hechos que se le atribuyen. El artículo 635 del COIP establece, entre otros requisitos, que puede aplicarse en delitos cuya pena máxima no supere los diez años de prisión, con las excepciones previstas en la norma, explicó la Fiscalía.
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El caso se originó por el incendio ocurrido en la vegetación ubicada en San José de Monjas, uno de los sectores cercanos a la avenida Simón Bolívar que durante la temporada seca suelen enfrentar riesgo de incendios forestales.