Reglas. El indulto otorgado por el expresidente Guillermo Lasso excluye a personas que hayan cometido delitos como violación sexual, maltrato intrafamiliar, genocidio.
Reglas. El indulto otorgado por el expresidente Guillermo Lasso excluye a personas que hayan cometido delitos como violación sexual, maltrato intrafamiliar, genocidio.Canva

Los violadores y genocidas están fuera del decreto que otorga indulto a reclusos

Guillermo Lasso, expresidente de Ecuador, otorgó indulto a reclusos con sentencia ejecutoriada que padecen enfermedades terminales. Hay excepciones

No se alisten que no van... a salir. El expresidente del Ecuador, Guillermo Lasso, firmó la noche del 22 de noviembre de 2023, último día como primer mandatario, el decreto ejecutivo 265 con el que otorgó indulto presidencial a las personas privadas de la libertad que padecen de enfermedades catastróficas, terminales, tuberculosis  multidrogorresistentes o coinfección TB-VIH. Resaltó, en el documento, que el beneficio que "perdona el total de la pena privativa de la libertad, es aplicable para las personas que, hasta el día de la firma del decreto, fueron diagnosticadas con algunas de las dolencias o condiciones mencionadas. 

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Lo que no extingue el beneficio que ha otorgado el expresidente, a horas de su salida del cargo, "son las obligaciones de la reparación integral que cada uno de los receptores del indulto tenga a su cargo, manteniéndose aquellas de naturaleza pecuniaria. Tampoco anula las multas impuestas mediante sentencia ejecutoriada". Reza el documento. 

Pero, quiénes pueden ser favorecidos con este beneficio presidencial

Según el documento, pueden acogerse al indulto presidencial las personas que, a pesar de haber sido diagnosticadas con algunas de las dolencias o condiciones antes mencionadas, tienen una sentencia condenatoria ejecutoriada, no tienen procesos penales pendientes en su contra y no están condenador por uno de los siguientes delitos: 

A partir de la firma del decreto, sin perjuicio de que este sea ingresado al Registro Oficial, el  Servicio Nacional de Atención a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) deberá, según la disposición presidencial, identificar a los reclusos que cumplen con los requisitos y condiciones del Decreto firmado por el expresidente. "Una vez comprobada esta información, remitirá a la autoridad judicial competente el informe para que se proceda a la excarcelación".

La orden presidencial también involucra la participación de otras entidades públicas, como la del Ministerio de Salud Pública. Entidad que deberá "brindar la información y soporte que sean necesarios al SNAI para cumplir con lo dispuesto en este decreto ejecutivo". 

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