
Santiago Díaz: informe del MSP expone irregularidades y privilegios
La atención médica al exasambleísta Díaz incluyó consultas sin turno, terapias sin respaldo y uso de oficinas administrativas
Un informe técnico del Centro Especializado en Rehabilitación Integral (CERI) N.° 1 de Conocoto, en Quito, fechado el 25 de marzo de 2026, detectó múltiples irregularidades en la atención médica brindada a Santiago Díaz Asque, exasambleísta procesado por la violación de una niña de 12 años y actualmente testigo de la Fiscalía en el caso “Goleada”.
El documento del Ministerio de Salud fue elaborado después de que Ecuavisa revelara que Díaz salía de la Cárcel 4 y pasaba largas jornadas en el centro médico, donde su cuñado era director. Incluso recibía visitas de su esposa e hijos, a vista y paciencia de los agentes penitenciarios, quienes lo trasladaban en vehículos blindados. Esta actividad se realizaba con recursos públicos.
Atenciones sin turno y por disposición verbal
Según el informe, la primera consulta de Díaz Asque, el 29 de octubre de 2025, se realizó sin turno previo, tras una disposición verbal del entonces director del CERI, Andrés Vinueza, cuñado del legislador.
El patrón se repitió en otras atenciones. Varias consultas médicas y sesiones de rehabilitación se habrían gestionado fuera del sistema oficial de agendamiento (SGMAS), mediante coordinaciones informales y registros como “turnos extra”. Incluso, citas asignadas mediante oficio, como la del 16 de diciembre de 2025, no constan en el sistema institucional.
Consultas en oficinas y sin controles básicos
El informe también establece que al menos tres de las cuatro consultas médicas se realizaron en la oficina de la Dirección del CERI, y no en consultorios habilitados. En esas atenciones, además, no se registró la toma de signos vitales, y se ingresaron datos proporcionados verbalmente por el paciente.
Solo en la consulta del 19 de enero de 2026 se evidencia una atención en condiciones regulares, con registro clínico completo.
Terapias con inconsistencias y sin respaldo
El tratamiento de rehabilitación presenta inconsistencias relevantes. El especialista en fisiatría, Jorge Mederos Sotolongo, prescribió dos ciclos de terapias de diez sesiones cada uno. Sin embargo: En el primer ciclo se registran solo 7 sesiones, con actividades incompletas y en el segundo ciclo constan 13 sesiones, superando lo indicado. No existen en archivos institucionales las hojas de prescripción que respalden la planificación del tratamiento, ni registros completos de las actividades realizadas.
Registros inconsistentes y falta de trazabilidad
El informe advierte que varias atenciones fueron registradas con intervalos menores a cinco minutos, lo que dificulta reconstruir una cronología precisa.
A esto se suma la revisión de bitácoras de seguridad, que evidencia:
- Fechas con atención médica sin registro de ingreso o salida del paciente
- Información incompleta en diciembre de 2025
- Ausencia de datos sobre custodios y desplazamientos internos
Permanencia en la oficina de dirección y visitas de familiares
El documento recoge además referencias del personal del CERI que señalan que Díaz Asque habría permanecido en el área de Dirección durante lapsos prolongados, más allá del tiempo habitual de consulta.
"Existirían elementos que ameritan verificación respecto de la permanencia reiterada del PPL en el área de Dirección, incluso durante lapsos que excederían el tiempo ordinario de una atención ambulatoria. Según dichas referencias, el PPL habría permanecido en ese espacio en presencia de la autoridad del establecimiento y, en varias ocasiones, habría recibido allí visitas de familiares, provisión y consumo de alimentos; hasta presencia de terceros ajenos al proceso asistencial ordinario".
Ingreso fuera del procedimiento legal
El informe concluye que "no existen registros de referencia, contrarreferencia ni derivación formal, como exige la normativa para el ingreso a un establecimiento de tercer nivel". Esto implica que el proceso no siguió los lineamientos del sistema público de salud ni el modelo de atención para personas privadas de libertad.
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