HABEAS GLAS
Diligencia. En Santa Elena se desarrolla la audiencia convocada por la Corte de la provincia para conoce la apelación del habeas corpus concedido a Glas.CAPTURA DE PANTALLA

En ocho días se conocerá si la Corte de Santa Elena ratifica o revoca el habeas corpus de Jorge Glas

El procurador Íñigo Salvador acudió a la Corte de la provincia para participar en la diligencia. La resolución no se conocerá este miércoles

El tribunal de la Corte de Justicia de Santa Elena anunciará en ocho días su resolución sobre la apelación al habeas corpus concedido por el juez de Manglaralto al exvicepresidente Jorge Glas, liberado el 10 de abril de la cárcel de Cotopaxi. La audiencia duró alrededor de tres horas. Los accionantes tuvieron 20 minutos para intervenir y 10 minutos quienes presentaron amicus curiae.

Una veintena de personas acudió a la sala de audiencias de la Corte de Justicia de Santa Elena para la audiencia de apelación del habeas corpus concedido por el juez de Manglaralto Diego Moscoso en favor del exvicepresidente Jorge Glas, sentenciado por corrupción. La resolución del recurso no se dará hoy. La secretaria del tribunal de jueces de la Corte de Santa Elena indicó que cuando la diligencia concluya, los jueces tienen ocho días para resolver. 

Desde pasadas las 09:00, el tribunal de jueces escuchó a los representantes del Servicio Nacional de Atención Integral (SNAI) y de la Procuraduría que apelaron la resolución del juez que el 10 de abril permitió la excarcelación del exsegundo mandatario del correísmo quien cumplía tres sentencias por corrupción en la cárcel de Cotopaxi.

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Antes de escuchar las apelaciones la jueza ponente del tribunal no dio paso al pedido de diferimiento de Nicole Malave, quien propuso el habeas corpus para Glas, y señalaba que su abogado se encontraba enfermo. La jueza dijo que no se pueden permitir actos para dilatar la audiencia. Aclaró que la naturaleza de la diligencia no es contradicción sino de estrados y la solicita quien la desea. Anunció que el derecho a la defensa se encuentra garantizado desde cuando se convocó a todas las partes a la diligencia. Precisó a las partes que la audiencia se desarrolla en una sola intervención por accionante.

La representante del SNAI pidió a los jueces declarar la nulidad de lo actuado por el juez Moscoso y expuso las razones. Entre ellas, decir que se desconoce el lugar de detención de Jorge Glas cuando no hubo ningún acto administrativo de traslado. Insistió en que se conocía el lugar donde estaba Glas y una evidencia de ello es que se conectó telemáticamente a la diligencia desde Cotopaxi. Pidió que se declare el error inexcusable de la causa resuelta por el juez, que se acepte la apelación total y se deje sin efecto lo actuado en primera instancia. Eso es, la liberación de Glas. 

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El procurador Íñigo Salvador requirió que se declare la nulidad de lo actuado desde la calificación de la acción ya que la Procuraduría debió haber sido citada y notificada para participar en la audiencia y eso no ocurrió.

Indicó que la demanda fue direccionada a un juez saltando todas las normas y precedentes jurisprudenciales. Solicitó se declare la responsabilidad del juez de primera instancia y el error inexcusable.

José luis Arcos procurador de la fiscal Diana Salazar no alcanzó a hacer la petición de amicus curiae presentado por la Fiscalía porque la jueza le dijo que su tiempo de exposición había terminado. Sin embargo, Arcos mencionó varias circunstancias irregulares registradas en el trámite de la causa. Recordó por ejemplo que Nicole Malave presentó la acción de habeas corpus el 7 de abril de 2022 en contra del SNAI. La fundamentación de la accionante se enmarca en la nueva masacre ocurrida en Turi, en Cuenca y que provocó incidentes en otros centros y eso ponía en riesgo la integridad de Jorge Glas de quien desconocía en donde se encontraba. Ella adujo que el juez es el del domicilio de la accionante. 

Precisó que hay tres vulneraciones al debido proceso para evidenciar el mal actuar de funcionarios y el abuso del derecho. En el manejo del Satje se evidencian anomalías. Una razón del 8 de abril ingresado por el secretario de la Unidad Judicial de Manglaralto que señala el agendamiento de la pocos minutos después de haberse ingresado la razón. No hay acta del sorteo del expediente y solo un acta manual. Eso contraviene a normas legales que regulan el sorteo de las causas. audiencia 

Tampoco hay constancia de la calificación de la demanda o las citaciones a las personas accionadas como la Procuraduría, eso vulneró el debido proceso. Mientras el Ministerio de Salud aseguró que al exvicepresidente se le brindó la atención que él requería. Entre otras casas de Salud fue llevado en varias ocasiones al sistema del IESS. Hasta las 11:00 se presentaron cuatro expositores de amicus curiae. Entre ellos la Fiscalía.

En la audiencia se dio a conocer que más de 200 veces se brindó la atención médica al exfuncionario en los más de cuatro años que estuvo preso. Y esa atención incluyó salidas a casas de salud. Glas tiene tres sentencias por corrupción: asociación ilícita por el caso Odebrecht, cohecho agravado en el caso Sobornos (ejecutoriadas) y peculado en el caso Singue (en apelación).