A proposito de la ley que optimiza la jornada laboral

En el proyecto de la Ley Orgánica para la Optimización de la Jornada Laboral, enviada por el Ejecutivo a la Asamblea, reforma la Ley de Pasantías en el Sector Empresarial; el Código de Trabajo; la Ley de Seguridad Social y la Ley Orgánica de Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar.

Cabe recordar al Gobierno, asambleístas y demás funciones del Estado, empresarios, etc., que los derechos de los trabajadores son irrenunciables e intangibles, será nula toda estipulación en contrario. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales en materia laboral, estas se aplicarán en el sentido más favorable a las personas trabajadoras. A trabajo de igual valor corresponderá igual remuneración.

Los funcionarios judiciales y administrativos están obligados a prestar a los trabajadores oportuna y debida protección para la garantía y eficacia de sus derechos. El trabajo es un derecho y un deber social, es obligatorio, en la forma y con las limitaciones prescritas en la Constitución, en los tratados internacionales de derechos humanos y las leyes; en general, todo trabajo debe ser remunerado.

Este proyecto, además de violar los derechos y principios fundamentales de los trabajadores, tratados internacionales de derechos humanos y constitucionales, se va contra los objetivos de los principios generales del régimen de desarrollo y de los objetivos de la soberanía económica.