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Pablo Ramírez era el comandante de la Policía Nacional en la zona 4 del país, correspondiente a las provincias de Manabí y Santo Domingo de los Tsachilas.Cortesía

Pablo Ramírez es el nuevo director del SNAI

El presidente Guillermo Lasso anunció su designación. La medida fue acompañada con un decreto ejecutivo que determina acciones a seguir en la entidad

Hace pocos minutos el equipo de comunicación de la presidencia dio a conocer que Fausto Cobo será remplazado por Pablo Ramírez, para asumir la titularidad del Servicio Nacional de Atención a Privados de Libertad (SNAI). 

"Juntos trabajaremos para poner en orden al sistema carcelario de Ecuador. Disciplina, orden y respeto a los Derechos Humanos" indicó en un mensaje el jefe de Estado". 

De esta forma Fausto Cobo deja el encargo de la institución quién también estaba a cargo del Centro de Inteligencia Estratégica (CIES) antes llamado SENAIN.

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Así también se cumplió con la firma del decreto ejecutivo 280 que otorga poderes al SNAI en "competencias para construcción, adecentamiento, restauración, adecuación y modificación e incorporación de áreas o elementos que coadyuven a su presentación e identificación como obra pública gubernamental construida o por construirse del Sistema de Rehabilitación Social”. 

De esta forma la entidad tiene las siguientes atribuciones. 

  •  Abrir el expediente de contratación correspondiente;
  •  Determinar y aplicar el procedimiento de contratación respectivo;
  •  Elaborar los pliegos de contratación que correspondan;
  •  Ejecutar los procesos de contratación de acuerdo con lo que dispone Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (Sercop);
  •  Adjudicar los contratos correspondientes;
  •  Organizar la fiscalización y supervisión de la ejecución de los contratos, y suscribir los contratos de prestación de los servicios de fiscalización, de ser el caso
  •  Suscribir las actas entrega – recepción y realizar las liquidaciones contractuales, en acuerdo con la institución requirente.

En el documento se ordena al SNAI que en un plazo no mayor a 90 días realice la diligencias de coordinación necesarias con el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) y con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).