“Queremos empezar ejerciendo varias de nuestras competencias. Una de ellas es el control disciplinario a jueces”.

“No se trata ya de perseguir a nadie, esto es una evaluacion a la CNJ”

Entrevista a María del Carmen Maldonado, nueva presidenta del Consejo de la Judicatura.

Tras la última década, las instituciones del Estado arrastran una pérdida de credibilidad de la que aún no se han recuperado. Especialmente, en el sistema judicial.

- ¿Cómo van a conseguir recuperar la confianza del ciudadano en el sistema de Justicia?

- ¿Cómo recuperamos la institucionalidad? Es un proceso largo que nos involucra a todos: a Estado, a academia, a gremios y a la ciudadanía. Tenemos que seguir avanzando con trabajo y con seguridad jurídica. Eso es lo que está haciendo el Consejo de la Judicatura hoy al haber anunciado la evaluación de la Corte Nacional. Es un paso que se hace en el marco de las competencias que nos dan la Constitución y la ley.

- Justamente, la Corte Nacional dice que no se está haciendo de acuerdo con la Constitución...

- El contenido del reglamento está perfectamente ajustado a la Constitución y a la ley también. El artículo 88 del Código Orgánico de la Función Judicial recoge de manera expresa que nosotros podemos hacer una evaluación periódica sin perjuicio de evaluar también en caso de que haya irregularidades y denuncias. Ya lo he dicho, esto no es persecución. Es una evaluación con parámetros técnicos contando con el concurso de las universidades.

- ¿Por qué entonces la CNJ rehúsa ser evaluada con esos parámetros?

- Yo no podría conocer los motivos que tiene la Corte. La pregunta hay que hacérsela a ellos.

- Lo están tomando como una persecución... ¿Tienen motivos?

- En caso de que así sea, yo quiero reiterar que no es una persecución, es una evaluación. Es el compromiso que los vocales y esta presidencia tenemos con los juzgadores. No, aquí no se trata ya de perseguir a nadie. Es una nueva administración y nosotros seremos responsables por lo que haga esta nueva administración. No tenemos por qué asumir responsabilidades de administraciones anteriores.

- Dos puntos de esa evaluación son los que han levantado la polémica. ¿Cómo van a medir la legitimidad y transparencia?

- Nosotros basaremos nuestro informe a su vez en informes de las instituciones competentes. Me refiero de manera específica, por ejemplo, a la Contraloría General del Estado.

- ¿Pero cómo se evalúan esos aspectos? ¿Con qué criterios?

- Exactamente como dice nuestro Código Orgánico de la Función Judicial. Si es que hubo irregularidades, por ejemplo, en el proceso de designación, lo vamos a saber a través de esos informes. Ahí está el factor de legitimidad. Y también si hay denuncias. Estas tienen que tramitarse dentro del control disciplinario y, como todos sabemos, el Código plantea como sanción la suspensión para las faltas graves y en caso de faltas gravísimas, la destitución. Eso es lo que nos corresponde hacer permanentemente durante todo el ejercicio del juez o jueza o conjuez o conjueza. El tema, insisto, es que esta es una nueva administración y queremos empezar ejerciendo varias de nuestras competencias. Como nos corresponde, como debemos hacerlo. Y una de ellas es justamente el control disciplinario que está previsto en el Código. Lo vamos a hacer a propósito de la evaluación cuantitativa y cualitativa. Esa facultad nadie nos la puede quitar.

- Tras la Corte Nacional, ¿quién sigue en la evaluación?

- No quisiera adelantarme mucho. En primer lugar, porque ha generado demasiada inquietud en nuestros jueces provinciales y de primer nivel. Y en segundo lugar, porque es un proyecto a mediano plazo. Prefiero referirme a datos ciertos respecto al primer paso que es la evaluación a la Corte Nacional. Ahí tenemos un comité de expertos para la elaboración de las líneas metodológicas y un comité de evaluación que es el que va a aplicar esas líneas metodológicas. Aquí quiero hacer una precisión. No es que estamos delegando nuestra función. No es así. El artículo 181 de la Constitución en el numeral 3 nos dispone que tenemos que dirigir el proceso de selección, ascenso y evaluación también. Entonces vamos a dirigirlo a través de esos comités.

- Dirigir el proceso en lugar de ejecutarlo, ¿no es delegarlo?

- El proceso lo tiene que llevar el Consejo de la Judicatura y las decisiones que tomen estos comités tendrán que pasar por la aprobación del pleno del Consejo de la Judicatura. Por lo tanto, no existe delegación alguna.

- ¿Llegará la evaluación a todos los jueces, a los de primer nivel?

- Lo que prevé la norma es una evaluación por muestreo.

- En cuanto a transparencia, ¿se aplica dentro del Consejo de Judicatura que también llegó con cuestionamientos?

- Sí, por supuesto que sí. De hecho, las declaraciones juramentadas de bienes las hemos realizado porque es el inicio de gestión. Están allí en la página web de la Contraloría para que la gente las analice. Esto es un ejercicio sano para todos los funcionarios públicos. Aquí no se trata de ir a buscar justificaciones para una sanción indebida. Todo lo contrario. Aquellos jueces cuyo patrimonio se compadezca con sus ingresos no tendrán inconveniente alguno. Por eso, yo sí noto tranquilidad en algunos jueces.

- Suena a que la posición de la CNJ por la evaluación no es unánime. ¿Hay fricciones internas?

- Yo no podría pronunciarme porque no sé cuál es el sentir a la interna, pero sí he tenido la oportunidad de saber de algunos jueces, por separado, que existe una apertura para el tema. Además, ahí quiero también ser enfática. El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno de disciplina. Entonces, independientemente de los factores que surjan, tenemos que cumplir con nuestro mandato.

- ¿Cómo distinguir esa línea tan fina entre disciplinar a un juez por una actuación irregular o tener injerencia en la Justicia?

- Aun siendo delgada, hay posibilidad y necesidad de diferenciar esa línea. Y es de la siguiente manera: nosotros no podemos interferir en el criterio utilizado y plasmado en un fallo, en el criterio que motive una decisión. Tampoco sobre la decisión en materia estrictamente de administración de Justicia. Sí podemos en cualquier momento analizar el comportamiento disciplinario del juez.

- Si no se pueden meter en un fallo que no se apega a Derecho, ¿no llegará tarde el control disciplinario al juez?

- Esa es la razón por la que necesitamos evaluar a la Corte Nacional en una primera fase. ¿Por qué? Porque a los tribunales superiores les corresponde modificar los fallos inferiores que no vengan expedidos en Derecho. Entonces, si un juez de primera instancia, por la razón que fuera, no falla en Derecho, el sistema judicial, el sistema procesal tiene este remedio que es la apelación para que un juez que se entiende más formado, objetivo e imparcial pueda revisar ese fallo. Y si finalmente ese juez no lo hace, tenemos casación y entonces son las salas especializadas de la Corte Nacional las que finalmente pueden resolver en Derecho. Otro aspecto que es fundamental es que la CNJ puede determinar el error inexcusable en el que han incurrido sus inferiores. Y con base en eso, el Consejo de la Judicatura puede actuar de manera administrativa. Ahí es donde necesitamos juzgadores cada vez más independientes, objetivos y conocedores.