Las personas mayores a 65 años son parte del voto facultativo, según la norma electoral.
Las personas mayores a 65 años son parte del voto facultativo, según la norma electoral.Expreso

Consulta popular 2024: ¿Si tengo más de 65 años tengo que ir a votar?

Este grupo es parte del voto facultativo. Te explicamos qué significa esto

Depende de la voluntad. Según el articulo 11 del Código de la Democracia, los jóvenes de entre 16 y 17 años de edad y los adultos mayores de 65 años, no están obligados a votar. Es decir, son parte del voto facultativo.  Al igual que los ecuatorianos que viven en el exterior, los integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo, personas con discapacidad y analfabetos.

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Para quienes sí es obligatorio, según la norma electoral, es para los ecuatorianos desde los 18 hasta 64 años. En este grupo se incluye a las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada.

El próximo domingo, 21 de abril de 2024, los ecuatorianos iremos a las urnas para votar por la Consulta Popular y Referéndum que fueron planteados por el presidente Daniel Noboa. Son 13.654.292 de ciudadanos los que están llamados a acudir a las urnas y ejercer su derecho al voto en este proceso electoral., según información del Consejo Nacional Electoral (CNE).

El CNE, máxima autoridad electoral y quien lidera el actual proceso de elecciones ha elaborado un cronograma con el que espera garantizar la transparencia de la Consulta. Para ello ha seleccionado a 285.917 Miembros de Juntas Receptoras del Voto, a quienes notificará y capacitará para asegurar el normal desarrollo el día de la elección.

​¿Cuáles son las multas por no votar y por no asistir a la mesa electoral?

Sanción económica. Quienes no asistan a votar en la Consulta Popular y Referéndum deberán pagar una multa correspondiente al 10% del Salario Básico Unificado (SBU), es decir, $46. El voto es obligatorio para los ciudadanos de entre 18 y 65 años, según lo establece el Código de la Democracia.

Por otro lado, si fuiste seleccionado como miembro de mesa y no asistes a la junta receptora del voto el día de la elección, deberás pagar una multa correspondiente al 15 % del Salario Básico Unificado, es decir, $ 69.

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