La Corte Constitucional envió oficios a la Fiscalía
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La CC se 'arma' de datos previo a actuar frente al fallo del juez Quimis

El organismo envió oficios a la Fiscalía, al Consejo de Participación Ciudadana y al mismo juez solicitando información

La Corte Constitucional envió hoy, 4 de septiembre del 2023, tres oficios dirigidos a la Fiscalía General del Estado, al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y al juez Leiver Quimis, de la Unidad de Montecristi, cuya reciente acción de protección concedida a la ciudadana Betty Moreira revive la polémica sobre la evaluación de las actuaciones del CPCCS transitorio.

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En el oficio dirigido a la Fiscalía, la Corte repasa lo resuelto en su sentencia del 7 de mayo del 2019 en la que blinda las actuaciones del transitorio y recuerda que la misma Fiscalía solicitó a la Corte realizar un seguimiento a su propia sentencia cuando se intentó revisar lo actuado por el transitorio en la selección de la primera autoridad de la Fiscalía.

En ese sentido, la Corte solicita a la Fiscalía, en un plazo máximo de 24 horas, remitir un informe respecto a las acciones y/u omisiones específicas que podrían haber inobservado lo resuelto por el Pleno de la Corte Constitucional en su dictamen interpretativo del 7 de mayo del 2019; así como, de la designación del Fiscal General del Estado Subrogante. "La información requerida es indispensable para verificar el cumplimiento del dictamen emitido por la Corte y, en consecuencia, es un deber de la máxima autoridad de la FGE remitir la información para verificar su cumplimiento".

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DETALLE: El juez Quimis admitió una acción de protección en la que ordenó que se conforme una veeduría ciudadana para evaluar lo actuado por el CPCCS transitorio en la conformación de la Corte Constitucional.

En el oficio remitió al juez Quimis, la Corte solicita copias del expediente completo en formato digital, del proceso de acción de protección iniciado por la señora Moreira, y un informe del estado procesal actual en el que se encuentra la acción de protección, "en el que se incluya si ha sido planteado un recurso de apelación en la presente causa y en el caso de haberlo, si este ha sido elevado a la instancia superior".

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Mientras que en el oficio remitido al CPCCS, la Corte solicita un informe sobre los actos que han sido y/o que se prevé serán ejecutados por el Consejo para asegurar el cumplimiento del dictamen interpretativo de la Corte de 7 de mayo de 2019 a la luz de lo ordenado por el juez Quimis. Además, un informe sobre todas las actuaciones de carácter administrativo (actas, resoluciones, etc.) adoptadas por el CPCCS para la conformación de la veeduría ciudadana ordenada por el juez de instancia.

También le solicita copias de la normativa interna del CPCCS que regula el funcionamiento de la veeduría ciudadana, las facultades del pleno del CPCCS y de su presidente en relación con el proceso de conformación y el funcionamiento de tales veedurías, y un informe sobre el estado y el momento procedimental en el que se encontraría la eventual conformación de la veeduría ciudadana.

En los tres oficios, la Corte recuerda que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social definitivo "no ostenta las competencias extraordinarias que el Régimen de transición del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social otorgó al Consejo transitorio. Por tal razón, no goza de autotutela para revisar las decisiones tomadas por el Consejo transitorio en ejercicio de aquellas".

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