Si no paga, saque su basura
El nuevo Reglamento de Propiedad Horizontal busca frenar la mora en alícuotas, responsabilizando a administradores y protegiendo servicios

El Decreto Ejecutivo 462, vigente desde el 3 de agosto, reforma el Reglamento General de la Ley de Propiedad Horizontal.
Cuando vivía en una urbanización en Guayaquil, tenía vecinos que, pese a sus carros, relojes y viajes, no pagaban las alícuotas. Más que el deterioro de los servicios o sentir que financiábamos a otros, me molestaba que afectaran el pago puntual a trabajadores y guardias. Más de una vez pedí que dejaran de recogerles la basura y que los guardias no les abrieran la puerta. La administración se escandalizaba y nunca actuó. ¿Qué incentivo tenían para ponerse al día?
En Quito llevé un caso. Por falta de mantenimiento de la losa del techo, un bien común, el agua de lluvia se acumuló hasta que la losa se desplomó sobre el departamento de mi cliente. Por suerte, su madre octogenaria, habitante del inmueble, estaba de viaje. Las fotos parecían de zona de guerra.
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No son casos aislados. Según el Censo 2022, una de cada cinco viviendas ocupadas es un departamento, sin contar las casas en urbanizaciones.
El Decreto Ejecutivo 462, vigente desde el 3 de agosto, reforma el Reglamento General de la Ley de Propiedad Horizontal para enfrentar esta realidad.
Vivir en comunidad implica derechos y responsabilidades
La falta de pago de alícuotas y demás obligaciones económicas produce mora desde el día siguiente al vencimiento y, desde entonces genera intereses. Regula el procedimiento para aplicar restricciones y detalla los servicios no indispensables que pueden limitarse, incluidos los individualizables como la recolección de basura. Además, obliga al administrador a cobrar y lo responsabiliza por su negligencia.
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La reforma es positiva. Convierte una facultad vaga en un mecanismo aplicable y evita que quienes cumplen subsidien indefinidamente a los morosos. Pero exige cautela. Cobrar no equivale a humillar, ni restringir una amenidad, a afectar derechos esenciales.
Es discutible que el Decreto impida al moroso ejercer cargos en el condominio cuando la ley no establece esa restricción. Un reglamento puede desarrollar la ley, no excederla.
Publicar las deudas también deberá respetar la protección de datos.
Vivir en comunidad implica derechos y responsabilidades. Las alícuotas protegen el patrimonio, sostienen los servicios y pagan el trabajo de personas que merecen cobrar a tiempo.
Quien no paga pasa a sus vecinos la cuenta y hasta la basura.