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Indemnizar “errores” judiciales

Avatar del Eduardo Carmigniani

la Corte Constitucional puso coto a los abusos judiciales que han venido cometiéndose a propósito de las acciones de ‘habeas data’...

Con sentencia 132-14-EP/21 (15/12/2021, juez ponente, Grijalva), la Corte Constitucional puso coto a los abusos judiciales que han venido cometiéndose a propósito de las acciones de ‘habeas data’, en las que, pese a demandarse solo la rectificación de errores en bases de datos -p.e., las enviadas a la Central de Riesgos-, luego, en un segundo procedimiento, sumario, se ordenaba el pago de indemnizaciones (jamás reclamadas y menos ordenadas en la sentencia original del ‘habeas data’).

La Corte fue tajante: “Para que un juez sea competente para tramitar un juicio de reparación económica que proviene de una garantía jurisdiccional... ...es necesario que en la sentencia principal se haya determinado una reparación económica...” (p. 77). “Al no haberse ordenado medidas de reparación económica en la causa de ‘habeas data’... ...los jueces no podían iniciar un proceso judicial como el que iniciaron y tramitaron...” (p. 81).

Mas siendo un caso antiguo, de 2014, de aquellos que la anterior Corte tenía engavetados, la arbitraria indemnización ordenada por los jueces ya había sido pagada (pues la acción extraordinaria de protección no suspende la ejecución del fallo impugnado). Ante ello la Corte dijo lo siguiente: “La Corte Constitucional reconoce que los miembros de la anterior Corte Constitucional no resolvieron oportunamente esta causa... ...y que [se] recibió el pago ordenado [por lo que] se ha consolidado una situación jurídica que, de revisarse en la realidad fáctica, podría provocar actualmente un daño grave. Esto sin dejar de reiterar que el pago efectuado... ...fue producto de un error judicial incurrido por los jueces demandados (p. 113). Por tal razón, con el propósito de no incurrir en un injusto que reviva situaciones jurídicas consolidadas, esta Corte Constitucional dejará a salvo el derecho de iniciar la acción judicial contra el Estado por error judicial... ...El Estado, a través del Consejo de la Judicatura, deberá repetir en contra de los jueces (o ex jueces)” (p. 114).

Muy bien dicho. Hay que terminar la impunidad de los “errores” judiciales.