Falla fundamental en la justicia ecuatoriana

Esta podría ser la forma en cómo la Judicatura pasaría a ser Consejo de la Magistratura, con deberes más amplios conectados para el interés común

Todos los días jueces de primer nivel, constitucionales, aceptan acciones de protección y liberan a individuos con penas graves o sospechosos de tener responsabilidad en delitos de conmoción. Poco se informa que el 'pretexto' para que así sea es que los jueces, columna vertebral de la administración de justicia, gozan de la garantía constitucional de independencia de funciones, que repite el Código Orgánico de la Función Judicial. Cuando se denuncia y se reclama una solución por parte del usuario común, la respuesta es previsible: los vocales de la Judicatura arguyen que en ello no intervienen porque se trata de asuntos jurisdiccionales. Esta es una respuesta leguleya, que permite que determinados jueces de pacotilla sean influenciables, sobornados o amenazados en el cumplimiento de sus deberes. Los vocales de la Judicatura deben tomar decisiones rápidas, oportunas y llenas de sentido común: prohibir a los jueces 'constitucionales' resolver asuntos en que se les hace conocer problemas no de mero derecho; deben negar peticiones que son evidentes para la moral pública pues chocan con las buenas costumbres, la lógica procesal y son una demostración clarísima de corrupción. Los vocales de la Judicatura deberían emitir un instructivo y circularlo por todo el país para que estos jueces de bolsillo no sigan haciendo de las suyas. No se debe seguir sosteniendo que ello afectaría las normas del debido proceso; con una respuesta de esta naturaleza la Judicatura definiría, se espera definitivamente, su rol básico: administrar recursos y juzgar a los juzgadores, como parte elemental de la disciplina profesional. Esta podría ser la forma en cómo la Judicatura pasaría a ser Consejo de la Magistratura, con deberes más amplios conectados para el interés común.

Francisco Bayancela G.