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Diario Expreso Ecuador

CRÓNICA de roberto aguilar

Caso Sinohydro: alegato de clausura de Fiscalía General tuvo un inicio contradictorio y confuso

Ahora viene el fiscal Carlos Alarcón a vender la idea de que el cohechador del caso es Sinohydro y el cohechado es Recorsa, lo cual no tiene el menor sentido

El Tribunal del caso Sinohydro escuchó el alegato de cierre de la Fiscalía General del Estado.

El Tribunal del caso Sinohydro escuchó el alegato de cierre de la Fiscalía General del Estado.CORTESIA

Roberto Aguilar
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Lo que debes saber

  • El alegato de clausura en el caso Sinohydro inició de forma contradictoria con premisas obvias.
  • Surgen inconsistencias de la Fiscalía sobre el cohecho al no probarse nexos públicos.
  • Hay un retiro de acusaciones ante la evidente falta de pruebas individuales en el juicio.

Contradictorio y confuso: llegado el momento decisivo del alegato de clausura del caso Sinohydro, al fiscal general del Estado, se le cayeron las pruebas del delito que debía demostrar: cohecho. En términos generales, se podría decir que Carlos Alarcón se mantuvo a la altura de sus antecedentes: bajo rasante. Durante más de tres horas (se tomó para esto toda la mañana del miércoles 8 de julio) expuso las 21 premisas que dice haber demostrado a lo largo de la audiencia de juicio. De ellas, la mitad o más son del dominio público, razón por la cual no necesitaban ser demostradas; y algunas otras no lo fueron en absoluto.

Baste con decir que Alarcón dedicó más de un cuarto de hora para probar su premisa número uno, a saber: que Lenín Moreno fue vicepresidente de la República entre el 15 de enero de 2007 y el 15 de enero de 2011. Se sirvió, para ello, del oficio que acredita su triunfo en las elecciones, la credencial que le extendieron las autoridades competentes y otros documentos públicos que puso uno encima del otro como si alguien pusiera en duda su hallazgo. El hecho, además, dijo en el colmo del delirio, “fue corroborado por Italo Centanaro (el gerente de la empresa pública Coca Codo Sinclair durante el período decisivo de la adjudicación del contrato a Sinohydro) y por Jorge Glas”. Menos mal, porque si ellos no lo confirmaban no habría quién se lo creyera.

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Otras premisas eran, sin llegar al mismo extremo del absurdo, igual de obvias: que el proyecto Coca Codo Sinclair fue declarado de “alta prioridad nacional”; que en febrero de 2008 la empresa de derecho privado Coca Codo Sinclair se convirtió en empresa pública; que se convocó un concurso; que Sinohydro lo ganó; que se firmó el contrato… En resumen: la mitad de las premisas de la Fiscalía son pura paja. En cuanto a las demás, se basan en una hipótesis nunca demostrada (y descabellada en su propio planteamiento) sobre la cual descansa el gran equívoco del caso: el hecho de que los 75 millones de dólares que Sinohydro pagó a la empresa Recorsa, propiedad de Conto Patiño, por concepto de representación, constituyen en sí, según la Fiscalía, el soborno materia de este juicio.

El fiscal general del Estado encargado, Carlos Alarcón (d), en audiencia del caso Sinohydro.

El fiscal general del Estado encargado, Carlos Alarcón (d), en audiencia del caso Sinohydro.ARCHIVO

Las inconsistencias de la Fiscalía sobre el delito de cohecho

Aquí es donde la teoría del caso empieza a desmoronarse. Porque el delito que se imputa a todos los procesados es el cohecho. Y el cohecho es un tipo penal que exige la participación de un funcionario público: consiste en la entrega u beneficios económicos a un funcionario a cambio de que éste haga o deje de hacer, agilite o retarde “cuestiones relativas a sus funciones”. No hay cohecho entre privados. Sin embargo, ahora viene Carlos Alarcón a vender la idea de que el cohechador del caso es la compañía china Sinohydro y el cohechado es Recorsa, lo cual no tiene el menor sentido. Y aunque el mismo fiscal repite varias veces que entre Sinohydro y Recorsa existía un acuerdo según el cual la empresa estatal china entregaría a la firma de Conto Patiño el 4 por ciento del valor total del contrato por sus servicios de representación (acuerdo que no ha sido cuestionado en ningún momento por la parte acusadora), él insiste en que esos 75 millones (el 4 por ciento de 1.900 millones, valor total del contrato para la construcción de la hidroeléctrica Coca Codo Sinclair), son “dineros ilícitos”.

Si esos 75 millones son ilícitos, todo lo que viene aguas abajo (es decir, la manera como Recorsa los gastó) es igualmente ilícito, vienen a decirnos las premisas del fiscal. ¿Todo? No. Una parte de ese dinero fue donada (a distintas instituciones y representantes de la Iglesia, por ejemplo) y esa no ha sido considerada para este juicio, como si la naturaleza del beneficiario lavara con agua bendita el origen de los fondos. Pero si con esa plata se paga a un abogado, es cohecho; si se compra una vajilla, cohecho; si se manda a pintar unos cuadros, igualmente. Ocupado en el origen del dinero y su recorrido a través de transferencias, cheques y cuentas bancarias, Carlos Alarcón descuida lo principal: demostrar que algún funcionario público lo recibió para “hacer, omitir, agilitar, retardar o condicionar cuestiones relativas a sus funciones”. Así, pierde de vista algunas pistas clave que podrían llevarlo por el camino correcto a cambio de simplificar el caso y quedarse con la quinta parte de los procesados. En su lugar, él prefiere tejer una aberrante acusación colectiva en la que no importa el comportamiento individual de los procesados, es decir, no importa si se ha demostrado o no que pagaron algo a algún funcionario para configurar el delito de cohecho. En lo que lleva de su alegato de clausura hasta el cierre de esta edición, no ha avanzado mayor cosa.

Figura. El expresidente Lenín Moreno es procesado por un presunto cohecho junto con otras 20 personas en el caso Sinohydro.

Figura. El expresidente Lenín Moreno es procesado por un presunto cohecho junto con otras 20 personas en el caso Sinohydro.Foto: Angelo Chamba/ EXPRESO

Retiro de acusaciones y falta de pruebas individuales

Una novedad es que la Fiscalía retiró su acusación contra una de las procesadas. Priscila Burneo, nieta de Conto Patiño, demostró que el dinero que recibió de la empresa de su abuelo (de la que es accionista por herencia) corresponde a un reembolso de gastos hechos con su tarjeta de crédito. También quedó claro que ella no firmó el acta en la que los accionistas de Recorsa (todos ellos pertenecientes a la familia Patiño) cambiaron el objeto social de la empresa para incluir entre sus actividades la de consultoría, asesoría y representación de empresas dedicadas a la construcción de infraestructura. El fiscal cree que ese cambio de objeto social es una prueba del cohecho, aunque puede significar simplemente que adecuaron la empresa para cumplir con los requerimientos del acuerdo con Sinohydro.

En cuanto a Eduardo Carmigniani, que brindó servicios profesionales como abogado a Recorsa, Carlos Alarcón prefiere no darse por enterado de que sus propias peritos establecieron que de sus cuentas no salió un centavo para beneficio de funcionario público alguno. A pesar de esta evidencia, continúa acusándolo de distribuir sobornos. ¿A quién? ¿Por cuánto? ¿A cambio de qué? La teoría del caso de la Fiscalía no se detiene en nimiedades.

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