
Tres temas en la agenda legislativa de esta semana
Modificaciones. La Asamblea Nacional tendrá el primer debate del proyecto reformatorio al Código de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), este jueves. Así está previsto en la agenda legislativa de esta semana, dijo a EXPRES
Modificaciones. La Asamblea Nacional tendrá el primer debate del proyecto reformatorio al Código de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), este jueves. Así está previsto en la agenda legislativa de esta semana, dijo a EXPRESO el legislador y miembro del Consejo de Administración Legislativa, Fausto Cayambe.
Esos cambios al Cootad se hacen para armonizar la normativa con la Constitución después de la aprobación de las enmiendas, en diciembre.
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados están involucrados en dos temas: el primero, en el plazo para la conformación de regiones; y el segundo, en la planificación y construcción de infraestructura física en educación y salud.
Para ello, se reforman los artículos 55 y 138 del Cootad, y las disposiciones transitorias tercera y cuarta.
Este proyecto de ley tiene un artículo único, con cuatro acápites, y una disposición final.
También el jueves se conocerá el informe al pedido de aprobación del Tratado de Marrakech. Este es para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso.
Mientras el martes, se discutirá el informe al veto presidencial de la Ley de Declaraciones Patrimoniales Juramentadas. Sin embargo, esa normativa no entrará en vigencia este año, sino en 2017.
La Comisión de Participación, que elaboró ese documento, recomendó allanarse a las observaciones del Ejecutivo. Una de ellas señala: aplicar la normativa a partir del próximo año porque la Contraloría necesita tiempo para adecuar su sistema informático a esa ley.
Otras de las objeciones planteadas es que el artículo 11, por ejemplo, obligaba al servidor público a declarar el usufructo sobre bienes cuyos propietarios sean parientes hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Según el Ejecutivo, “no hay justificación alguna para limitar la declaración cuando se trate de un pariente porque el declarante debe identificar cualquier usufructo”. CMP