YASUNIDOS
El colectivo se mantuvo activo mientras el trámite estaba en la Corte Constitucional.ARCHIVO YASUNIDOS

Luz verde para la consulta de Yasunidos

Luego de 10 años, la Corte Constitucional emitió un dictamen favorable sobre qué hacer con el Bloque 43

Los ecuatorianos volverán a las urnas. Tras una década de espera, la Corte Constitucional emitió un dictamen favorable a la propuesta de consulta popular planteada por el colectivo Yasunidos sobre qué hacer con el petróleo de Yasuní, también conocido como Bloque 43.

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Yasunidos y demás agrupaciones ambientalistas empezaron el trámite para llevar a cabo la consulta popular en 2013. El proceso, según ha denunciado el colectivo, sufrió trabas que hizo que su propuesta de consulta popular se demore en ser aprobada y consultada.

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En su fallo, cinco de los nueve jueces apoyaron el dictamen hecho por Alí Lozada, presidente de la Corte Constitucional, quien asumió la elaboración del documento luego que los jueces de la entidad no aprobaran el proyecto de dictamen no favorable hecho por Carmen Corral.

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"Se verificó que los integrantes del colectivo Yasunidos estaban legitimados para solicitar la consulta popular, que cuentan con legitimidad democrática y que los considerandos y la pregunta de la solicitud cumplen con los requisitos establecidos en la ley", cita el dictamen.

Votos salvadosLos jueces Carmen Corral, Enrique Herrería y Richard Ortiz emitieron su voto salvado. Teresa Nuques no participó por estar con licencia.
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Sobre los alcances que podría tener la consulta popular, en caso que sea aprobada, la Corte señaló que podría implicar la suspensión de las actividades de explotación y extracción de crudo ya iniciadas en el Bloque 43. Asimismo se hizo una serie de consideraciones.

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En caso de ser aprobada la pregunta, y por las implicaciones jurídicas, económicas, sociales y ambientales, la Corte Constitucional otorgó un año para la ejecución de lo planteado en la pregunta: cesar la explotación petrolera en Yasuní o Bloque 43.

Para ello, también se solicita que a la pregunta planteada se añada el siguiente texto:

  • De conformidad con lo dispuesto en el dictamen 6-22-CP/23, las medidas a implementar, en caso de un pronunciamiento afirmativo del electorado, se realizarán a través de un retiro progresivo y ordenado de toda actividad relacionada a la extracción de petróleo en un plazo no mayor a un año desde la notificación de los resultados oficiales. Adicionalmente, el Estado no podrá ejercer acciones tendientes a iniciar nuevas relaciones contractuales para continuar con la explotación del bloque 43.
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Por otro lado, la Corte rechazó "el conjunto de acciones estatales que en su momento obstaculizaron el pleno ejercicio de los derechos de participación de los solicitantes y adherentes a la iniciativa de consulta popular en cuestión".

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Asimismo, los magistrados disponen que la propuesta de consulta popular continúe con el trámite pertinente contemplado en la Constitución y el Código de la Democracia. También señala que el colectivo no tendrá que volver a recolectar las firmas ya presentadas.

En un pronunciamiento, el colectivo Yasunidos indicó que espera que el proceso no sea más allá de los 75 días que la normativa contempla. "Tenemos consulta por el Yasuní", destacó el colectivo que también hizo hincapié en el tiempo que pasó para que se haga realidad.