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Diario Expreso Ecuador

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Un juicio sin tiempo esta lejos de frenar el abuso a menores

En Colombia rige desde el 2007 y aumentaron los test de pruebas en casos por abuso sexual. Ecuador lo implementará si lo decide la ciudadanía en la consulta.

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La imprescriptibilidad está en la región. Colombia y Argentina aplican ya esta figura legal para delitos sexuales en contra de menores de edad. Los congresos de Perú y Chile debaten sendas leyes para el mismo fin. Mientras que Ecuador no quiere dejar pasar esta ola regional y propone una consulta popular. No obstante, el hecho de que los delitos sexuales contra menores de edad puedan denunciarse en cualquier momento está lejos de ser la solución al mal social.

Por ejemplo, el vecino del norte aprobó una ley sobre el tema en el 2007, sin embargo el número de exámenes médico-legales por denuncias de abusos sexuales a menores de 0 a 17 años va en aumento. Según datos del Instituto Médico Legal, las pruebas solicitadas entre enero y agosto de 2014 fueron de 9.492. En 2016, creció a 10.878. Y en 2017 llegó a los 13.201 pedidos.

Estas cifras dan cuenta, según el jurista Santiago Guarderas, que la imprescriptibilidad no es la solución, sino parte de ella. “Un sistema judicial que cumpla con los principios de celeridad. Eso pasa no solo por la imprescriptibilidad, sino por el sistema, por la Fiscalía, los juzgados, los peritos e incluso el sistema penitenciario”.

Esto en líneas generales. Sin embargo, Guarderas va más allá y abre una interrogante sobre un aspecto esencial: las pruebas. A diferencia de delitos que actualmente no prescriben, como el peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito y otros, es probable encontrar evidencias años después de cometido el delito en documentos, cuentas bancarias, entre otros, es decir existe un registro. Pero, ¿y en el caso de los delitos sexuales? “Generalmente no se denuncian inmediatamente. No se hace un informe en ese momento. Y si presento la denuncia tres años o diez años después, cómo opera”, se pregunta el abogado y catedrático universitario.

El penalista Alfonso Zambrano Pasquel suma otra duda: el juzgamiento en ausencia. Por ejemplo, los cuatro delitos imprescriptibles antes mencionados contemplan el juzgamiento del acusado en ausencia, no así la propuesta del presidente Lenín Moreno, o por lo menos no está en el anexo de la causa presentada a la Corte Constitucional para su dictamen previo. “Porque si está prófugo se suspende (el juicio). Nos quedamos con una pena larga, pero no ha sido juzgado. La posibilidad de un juzgamiento en ausencia abre el espacio que se le ponga la pena”.

De acuerdo a datos la Fiscalía, publicados en marzo del presente año, 226 casos de violaciones contra menores de 10 años de edad se registraron a nivel nacional. Recientemente, varias denuncias de abuso sexual en la escuela réplica Aguirre Abad de Guayaquil encendieron aún más la alerta (más en la página 12).

“Lo importante es que se empiecen a hacer públicos estos delitos para poder enfrentarlos”, comenta el asambleísta Héctor Muñoz, miembro de la comisión ocasional legislativa Aampetra (creada para dar seguimiento a los delitos de abusos a menores en las escuelas del país). El legislador propone que se pida los antecedentes personales y judiciales de los que son y serán docentes como medida preventiva.

Viendo el espejo de Colombia, diez años después de creada la ley, el debate en el vecino del norte pasó de la imprescriptibilidad a instaurar la cadena perpetua.

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