Prefecto de Cotopaxi
Jorge Guamán recuperó su libertad el 29 de julio tras recibir medidas sustitutivas, pero Fiscalía asegura que no ha cumplido las condiciones.Cortesía

La investigación a Jorge Guamán queda suspendida por candidatura a la Alcaldía de Latacunga

El exprefecto es procesado por delincuencia organizada. En julio pasado fue detenido junto a ocho personas entre funcionarios y contratistas

La Fiscalía General del Estado informó que el proceso penal en contra del exprefecto de Cotopaxi, Jorge Guamán, quedo suspendido por una decisión judicial.

La resolución fue adoptada por la jueza Rosario Freire que, amparada en el Código de la Democracia, dispuso que el trámite se reinicie luego de las elecciones seccionales, previstas para febrero de 2023.

Guamán, que ocupó el cargo de prefecto desde 2014, inscribió su candidatura para alcalde de Latacunga por el Movimiento Plurinacional Pachakutik, lo que le obligó a renunciar a la prefectura el 16 de septiembre pasado.

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La suspensión de la investigación se conoció el viernes 7 de octubre durante la audiencia de revisión de medidas que fue solicitada por la Fiscalía, debido a que Guamán habría incumplido con las presentaciones periódicas que se le dictaron en la formulación de cargos.

A finales de julio de este año la Fiscalía y la Policía ejecutaron allanamientos en 32 inmuebles ubicados en Cotopaxi y se detuvo a nueve personas, entre ellas al dirigente indígena.

Entre los investigados hay funcionarios públicos, pero también contratistas privados por el presunto delito de delincuencia organizada. Se indaga posibles irregularidades en la adjudicación de contratos y la contratación de personal en el sector público.

Además, otros delitos como peculado, testaferrismo, concusión, enriquecimiento ilícito y privado no justificado y tráfico de influencias.

El artículo 108 de la Ley Electoral vigentes señala que “las candidatas y candidatos no podrán ser privados de la libertad ni procesados penalmente desde el momento de la calificación hasta la proclamación de resultados ni enjuiciados, salvo los casos de delito flagrante, delitos sexuales, violencia de género e intrafamiliar”.

Agrega que: “Proclamados los resultados podrán activarse procesos penales contra ellos, y solo los candidato o candidatos ganadores gozarán de fuero de Corte Nacional o Provincial según corresponda, excepto en delitos de violencia intrafamiliar que no se reconoce fuero alguno”.