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La resolución se dicta, tras los acuerdos suscritos en la mesa de diálogo número dos “Banca Pública y Privada”,Cortesía

Lista la resolución que flexibiliza los mecanismos de alivio financiero

La Junta de Política y Regulación Financiera fija los parámetros para la refinanciación o reestructuración de deudas vencidas, desde el 01 de enero de 2020 hasta 30 de junio de 2022

La Junta de Política y Regulación Financiera emitió este 21 de julio de 2022 la Resolución No. JPRF-F-2022-032 que flexibiliza los mecanismos de alivio financiero, para permitir que los deudores que fueron afectados por la pandemia de Covid19 puedan cumplir con el pago de sus obligaciones. 

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Refinanciamiento en la banca privada será “caso por caso”

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La medida, que se dicta en cumplimiento de los acuerdos suscritos el pasado lunes 18 de julio de 2022 en la mesa de diálogo número dos “Banca Pública y Privada”,  establece  que durante los procesos de refinanciación o reestructuración  se considere otorgar períodos de gracia, así como omitir ciertos gastos que puedan encarecer el proceso. Aquí las directrices:

  • Las entidades de los sectores financieros público, privado y del sector financiero popular y solidario considerarán, caso por caso, refinanciar o restructurar las operaciones de crédito de los segmentos de microcrédito, productivo PYMES y educativo otorgados a personas naturales y organizaciones que, sin tener personería jurídica, hayan sido sujetas de crédito y cuyas obligaciones se encuentren vencidas desde el 01 de enero de 2020 hasta 30 de junio de 2022, previo acuerdo con el deudor y por solicitud de este.

  • Las entidades financieras durante los procesos de refinanciación o reestructuración considerarán otorgar períodos de gracia, no cobrar gastos de cobranza, costos legales, tarifas y comisiones.

  • Con el propósito de impulsar la reactivación de los sectores productivos durante los procesos de acuerdo con los deudores, las entidades financieras podrán otorgar nuevos recursos, los cuales no estarán sujetos al pago de tributos, contribuciones y otros gravámenes, a fin de no encarecer su costo.

  • Los créditos refinanciados o reestructurados bajo este mecanismo obtendrán la calificación de riesgo “A1” al momento de su instrumentación y, mientras se mantenga al día en sus pagos, lo que facilitará el acceso a nuevas operaciones de crédito en el sistema financiero.

  • El mecanismo será aplicable a cualquier deudor, que haya disminuido su capacidad de pago, más no su voluntad de honrar el crédito recibido.

  • Las entidades del Sistema Nacional Financiero reportarán todas las operaciones relacionadas a la aplicación de este mecanismo a la Superintendencia de Bancos y a la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, con el propósito de realizar el seguimiento correspondiente.

Estas disposiciones, que ya están en vigor, estarán vigentes hasta el 31 de diciembre del 2022.