Imagen referencial de mercado
Imagen referencial. Siguen en 0%, siempre que no estén procesados, las frutas, verduras y hortalizas.Archivo / Expreso

Esta es la lista de alimentos que se mantienen con 0 % de IVA en Ecuador

Productos de consumo diario ahora estarán sujetos al 15% del Impuesto al Valor Agregado (IVA)

La reciente circular aclaratoria del Servicio de Rentas Internas (SRI), sobre qué productos deben gravar el 15 % de Impuesto al Valor Agregado (IVA), deja preguntas sobre  las excepciones que tendrá este beneficio tributario. 

Si bien este documento, emitido el pasado 26 de marzo, no lista directamente los productos sobre los que se aplicaría el 0%, señala que estos son mencionados en el numeral 1 del artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno. Pero, ¿Qué dice esa ley? Qué tipo de panes, lácteos y carnes seguirán teniendo  0 % de IVA? 

Tarifa 0 % de IVA: Lo que dice la Ley de Régimen Tributario Interno

Según la ley tendrán tarifa cero las transferencias e importaciones de los siguientes bienes: 

  • Productos alimenticios de origen agrícola, avícola, pecuario, apícola, cunícola, bioacuáticos, forestales, carnes en estado natural y embutidos. Por ejemplo, las  Frutas, verduras, hortalizas, granos, cereales, carnes frescas (sin cocción, sin adobos, sin preparación) y huevos. 
  • Productos de pesca que se mantengan en estado natural; es decir, aquellos que no hayan sido objeto de elaboración, proceso o tratamiento que implique modificación de su naturaleza. 

Sobre estos últimos productos, la ley aclara que "la sola refrigeración, enfriamiento o congelamiento para conservarlos, el pilado, el desmote, la trituración, la extracción por medios mecánicos o químicos para la elaboración del aceite comestible, el faenamiento, el cortado y el empaque no se considerarán procesamiento" y que, por ende, conservan el beneficio tributario. 

  • El beneficio continúa cubriendo a las lácteos básicos: leches en estado natural, pasteurizada, homogeneizada o en polvo de producción nacional. Así como las leches maternizadas y proteicos infantiles. A la lista se añaden los quesos y yogures. 

Otros alimentos beneficiados son pan básico, azúcar, panela, sal, manteca, margarina, avena, maicena, fideos, harinas de consumo humano, enlatados nacionales de atún, macarela, sardina y trucha, aceites comestibles (excepto el de oliva). 

El debate sobre qué sí y qué no grava IVA surgió el pasado miércoles, cuando se hizo pública la circular del SRI que, en la práctica, amplía la lista de productos que deben gravar el 15 % de este impuesto. 

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Pero la diferencia clave está en el grado de transformación. Frutas, verduras, granos o carnes sin intervención industrial siguen sin pagar IVA. Sin embargo, cuando estos productos son cocidos, adobados, combinados o alterados en su composición, el SRI considera que existe valor agregado y, por tanto, corresponde aplicar el impuesto. Así, productos que antes no pagaban IVA, como pulpas, jugos de fruta procesada, leches deslactosadas o descremadas, hoy deben gravarse. 

El Gobierno defiende el cambio

El SRI sostiene que no se trata de una nueva carga. El presidente, Daniel Noboa, por su parte, en entrevista con medios, ha defendido el ajuste, ejecutado en un buen momento de consumo y ventas. Afirmó que el primer trimestre de 2026 registra las ventas locales más altas de la historia del país. Sostuvo que Ecuador hoy consume a doble dígito más que antes. “Hemos hecho ajustes sin afectar el consumo”, declaró. Solo entre enero y febrero de este 2026 supera los $ 40.864 millones. 

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