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El ART establece un artículo sobre la aplicación de barreras arancelarias.ARCHIVO / Expreso

Ecuador podría aplicar barreras comerciales similares a EE.UU.: qué significa

El ART establece que Ecuador aplique imposiciones similares a EE.UU. ante preocupaciones económicas o de seguridad comunes

Ecuador podría aplicar barreras comerciales similares (espejo) a las que toma Estados Unidos. Así establece el Acuerdo de Comercio Recíproco (ART, por sus siglas en inglés), firmado el 13 de marzo de 2026 entre Ecuador y Estados Unidos. Sin embargo, esta medida aplica solo en ciertos casos, según señala este 21 de marzo el ministro de Producción, Comercio Exterior e Inversiones, Luis Alberto Jaramillo, en su cuenta de X.

El funcionario precisa que el ART permite a Ecuador adoptar medidas similares a las que imponga Washington sobre importaciones, en casos relacionados con economía y seguridad nacional.

De acuerdo con la Sección 5 del acuerdo, sobre seguridad económica y nacional, Ecuador podrá regular la importación de bienes o servicios cuando Estados Unidos aplique restricciones como aranceles, prohibiciones o contingentes, siempre conforme a su legislación interna.

Esto significa que el país podría implementar medidas con efectos equivalentes a las adoptadas por Estados Unidos, en respuesta a preocupaciones comunes en materia económica y de seguridad, refiere el funcionario.

El alcance del Acuerdo de Comercio Recíproco sobre barreras comerciales

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Según la Sección 5: Seguridad Económica y Nacional, Artículo 5.1: Acciones Complementarias, del Acuerdo de Comercio Recíproco entre Ecuador y Estados Unidos, el país podrá aplicar medidas similares a las que adopte la economía norteamericana en materia comercial cuando existan preocupaciones económicas o de seguridad nacional comunes.

El documento establece que, si Estados Unidos impone aranceles, cuotas, prohibiciones u otras restricciones a la importación de bienes o servicios, Ecuador podrá regular el ingreso de esos productos en su territorio con disposiciones de efecto equivalente, conforme a su legislación interna.

Asimismo, se prevé que Ecuador adopte medidas para enfrentar prácticas desleales que puedan distorsionar el comercio. En este ámbito, Estados Unidos se compromete a compartir información cuando dichas prácticas afecten al país.

El acuerdo también incluye disposiciones para fomentar la construcción naval y el transporte marítimo, mediante acciones orientadas a promover una industria competitiva y en condiciones de competencia justa.

El Ministerio de Producción precisa el alcance del ART

El ministro Jaramillo, refiere que para el caso de medidas relacionadas a la seguridad económica y nacional de Ecuador y, de acuerdo a la legislación interna pertinente, la medida aplicaría en casos de preocupación o amenazas comunes con los Estados Unidos.

Así, este tipo de imposiciones espejo se podrán llevar a cabo, por ejemplo, en los siguientes casos:

  • Combatir o controlar la importación de precursores químicos para drogas ilícitas
  • Minería ilegal

  • Lavado de dinero a través del comercio ilícito

  • Tráfico de armamento y municiones a través de servicios courier, por ejemplo

Según explicó Jaramillo, estas disposiciones buscan fortalecer los mecanismos de control frente a amenazas transnacionales, alineando las acciones de Ecuador con las de Estados Unidos, pero siempre bajo el marco de la normativa nacional vigente.

Ecuador y la tasa de seguridad para Colombia

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Este acuerdo con EE.UU., que fue recientemente aprobado y que aún no ha sido ratificado, coincide con acciones tomadas ya en Ecuador, aunque en un contexto distinto.

El presidente Daniel Noboa dispuso aplicar una tasa a las importaciones colombianas desde el 1 de febrero de 2026. La medida fue tomada debido a una supuesta falta de cooperación en el control de la inseguridad en la frontera con Colombia, que ha sido desestimada por su homólogo Gustavo Petro.

Inicialmente, esta tasa fue del 30 %. Luego, Colombia replicó la medida el 24 de febrero. Y días después, el gobierno del presidente Noboa elevó la tarifa al 50 %. Actualmente, el país vecino evalúa aplicar una medida similar para los productos ecuatorianos.

Además, en este cruce de imposiciones, Colombia presentó una demanda contra Ecuador ante la CAN, y Quito presentó reclamos contra Bogotá ante este organismo regional.

Otros acuerdos alcanzados con EE.UU.

Según explicó el ministro de Producción, Comercio Exterior e Inversiones, el Acuerdo Comercial Recíproco entre Ecuador y Estados Unidos abre la puerta también para canalizar financiamiento hacia sectores estratégicos del país.

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De acuerdo con la Sección 6: Consideraciones y Oportunidades Comerciales, Artículo 6.1 sobre inversiones, Estados Unidos trabajará a través de sus instituciones, como el Banco de Exportaciones e Importaciones de los EE.UU. (EXIM Bank) y la Corporación Financiera de Desarrollo Internacional de los EE.UU. (DFC), para considerar el apoyo a proyectos de inversión en sectores críticos y productivos en Ecuador, en coordinación con el sector privado.

Según el funcionario, la firma del acuerdo ubica a Ecuador en una posición estratégica dentro de la relación bilateral, lo que permitiría atraer inversión y tecnología, así como movilizar recursos hacia áreas clave de la economía.

A criterio de Jaramillo, este escenario abre oportunidades para impulsar el empleo, el crecimiento y el desarrollo productivo en el país. Sin embargo, el documento aún no se encuentra en vigor.

El gobierno estima que este acuerdo podría entrar en vigencia en julio próximo, una vez que ambos países concluyan sus procesos internos de aprobación.

En Ecuador está previsto debe ser enviado a la Corte Constitucional para que su contenido sea revisado y determinar si el acuerdo puede ser ratificado directamente o debe pasar por la Asamblea Nacional.

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