
Décimo cuarto sueldo: ¿Qué hacer si no lo pagan?
Quedan pocos días para que venza el plazo para pagar este monto y surgen dudas en los trabajadores
El décimo cuarto sueldo es una bonificación que los trabajadores en relación de dependencia reciben anualmente en Ecuador. Este beneficio corresponde a un salario básico unificado (SBU), que en 2025 es de $470, y su objetivo principal es ayudar a cubrir los gastos relacionados con la educación, como la compra de útiles escolares, uniformes y matrículas.
Pero, ¿hasta cuándo pueden pagarlo? En la región Costa y Galápagos, los empleadores tienen hasta el 15 de marzo para depositarlo, mientras que en la Sierra y Amazonía el límite es el 15 de agosto. Estas fechas están alineadas con el régimen escolar de cada región, según lo establece el Código del Trabajo.
¿Qué hacer si tu empleador no te paga el décimo cuarto sueldo?
Si el empleador incumple con esta obligación, los trabajadores tienen varias opciones para presentar una queja formal:
1.-Denuncia ante la Dirección o Inspectoría de Trabajo: No se requiere la firma de un abogado. La denuncia puede realizarse de manera presencial o electrónica, llenando un formulario con los datos personales y de la empresa.
2.- Revisión en el Sistema Único de Trabajo (SUT): El Ministerio de Trabajo cuenta con mecanismos electrónicos para verificar si el pago fue registrado correctamente por el empleador.
3.- Acción judicial: Aunque este proceso puede ser más largo, el trabajador puede optar por esta vía si la empresa persiste en su incumplimiento.
Sanciones por incumplir
Si se confirma que la empresa no pagó el décimo cuarto sueldo, se le podría imponer una multa que oscila entre 3 y 20 salarios básicos, según lo establecido en el acuerdo ministerial MDT-2016-303. Además, si el pago no fue registrado en el SUT, la sanción podría ser de hasta $200. Si deseas calcular cuánto te corresponde según el tiempo trabajado, el Ministerio de Trabajo ofrece un simulador en línea para facilitar el cálculo.
Como dato adicional, Los trabajadores pueden optar por recibir este beneficio de manera acumulada o mensualizada. Para recibirlo mensualmente, deben solicitarlo por escrito a su empleador antes del 15 de enero. De lo contrario, se les pagará en una sola cuota en la fecha establecida para su región.