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Plazo. El Legislativo tiene 30 días para tratar el cuarto proyecto de ley junto con el aumento del IVA.Crédito: Asamblea Nacional

La cuarta ley urgente de Daniel Noboa debe ser tratada con precaución

Para abogados en Derecho, el Ejecutivo escuchó las críticas de expertos. Ahora, la Asamblea debe cuidar que la ley no se preste a arbitrariedades

El presidente Daniel Noboa ha activado tres mecanismos legales para modificar una misma temática, la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, en menos de 15 días. Esto llama la atención de abogados expertos en Derecho Constitucional consultados por EXPRESO.

Para Francisco López, especialista superior en derecho constitucional y catedrático de la Universidad de las Américas, esto significa que los asesores jurídicos de la Presidencia estuvieron atentos a las críticas que se realizaron en torno a la consulta popular, ya que muchas de las preguntas pueden ser tratadas a través de proyectos de ley que reformen normas. Lo cual, a su criterio, es un tema jurídicamente más viable y una lectura política bastante acertada.

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En cambio, para Emilio Suárez, abogado experto en procesos constitucionales y catedrático de la Universidad San Francisco de Quito, lo efectuado por el primer mandatario no es común, lo cual resulta una paradoja del derecho constitucional ecuatoriano, ya que ha activado, para un mismo objetivo, tres mecanismos a la vez: una consulta popular (2 de enero), una enmienda constitucional (10 de enero) y un proyecto de ley económica urgente (15 de enero). 

“Al parecer es un tema prioritario para la Presidencia, y ha activado tres mecanismos para ver cuál es el que resulta favorable para los intereses del gobierno y del Estado”.

El temor del abogado Suárez es que estas acciones, por parte del Ejecutivo, pueden crear inseguridad jurídica en el país, ya que la gente no sabrá a qué atenerse en cuanto a esta ley. Esto, porque con el envío del Proyecto de Ley Orgánica de Urgencia Económica para la Recuperación de Activos de Origen Ilícito y Transparencia en la Contratación Pública, se sobreentendería que en el plebiscito no constaría este tema, es decir la pregunta nueve del primer grupo de interrogantes que se envió a la Corte Constitucional (CC). No así la segunda pregunta del segundo pliego, ya que esta tiene relación con una enmienda constitucional.

Esto porque la segunda pregunta tiene relación con que el Ejecutivo busca que la acción de extinción de dominio sea de carácter imprescriptible y aplicarla sin que haya una sentencia ejecutoriada, manifiesta Suárez.

Aunque al respecto, la CC ya se pronunció en 2021 sobre su inconstitucionalidad, indica Christian Quimí, abogado experto en gobernanza y gobernabilidad y docente de la Universidad Laica Vicente Rocafuerte, por lo que no habría razón para ser consultada.

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Por ello la segunda pregunta es inviable y no tendría sentido que el pueblo se pronuncie sobre este tema, sostiene el jurista López. Por lo que, de esta forma, se da de baja a dos preguntas de los pliegos.

El proyecto busca acortar los plazos y simplificar procesos, aunque para López, el que el Estado obtenga fondos para las actividades estatales por medio de la privación del derecho de dominio a las personas que se enmarquen en lo establecido en la normativa, es algo que tomará tiempo y no será tan sencillo.

Para Quimí, en este proyecto de ley el proceso está muy simplificado, ya que simula un procedimiento administrativo, en el que se trata de cuidar en lo más mínimo el derecho a la defensa, para que se dé rápidamente una sentencia sobre bienes objeto de extinción de dominio que son producto de actividades ilícitas. Pero esto se va a aprobar solo por el contexto en el que se encuentra el país.

A esto, López suma que el actual Gobierno tiene poco tiempo para dar resultados palpables, por lo que tendrá que trabajar sobre la marcha. Por eso no duda que muchas de las preguntas que ha enviado a la CC sean tratadas mediante proyectos de ley.

No obstante, aunque es una salida jurídica rápida, “estos tipos de procedimientos simplificados hacen que no exista la rigurosidad de análisis en temas puntuales, por lo que puede prestarse a la arbitrariedad”, y eso es lo que se ha tratado de evitar, manifiesta Quimí.

A pesar de esto, Suárez advierte que la justificación para que el Ejecutivo haya calificado al proyecto como urgente en materia económica es escasa, aunque le tocará al Consejo de Administración Legislativa (CAL) evaluar si este versa sobre una sola materia. Para él, este trata sobre dos: extinción de dominio y contratación pública, por lo que, en su opinión, no calificaría.

Pero esto dependerá mucho de las movidas políticas dentro de la Asamblea Nacional, considera López. “Usted podrá tener varias materias, pero si el CAL llega a calificar un proyecto de ley, este va a tener que ir a una comisión y luego debatirse, por lo que dependerá de las negociaciones políticas”.

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Emilio Suárez, abogado y docente de la Universidad San Francisco de Quito: El primer pliego de 11 preguntas que envió eran inútiles, y tanto así nos dio la razón que envió el proyecto de ley. Solo el segundo pliego es para discusión constitucional.

Francisco López, abogado y docente de la Universidad de las Américas: Los gastos que está implicando el conflicto armado interno son fuertes y las bancadas no están apoyando al incremento al IVA, por lo que así se ahorra un gasto en una consulta.

Christian Quimí, abogado, docente de la Universidad Laica Vicente Rocafuerte: La Asamblea tiene 30 días para tramitarla; si no, saldrá por el Ministerio de la Ley. Está aplicando a lo que más rápido posible salga. Además, está atosigando a la Asamblea.

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