Contratos
Conflicto. El incumplimiento de un contrato puede resolverse de inmediato con profesionales en materia civilGabriel Cornejo / Expreso

Contratos civiles: ¿Qué hacer si se incumplen?

Abogados recomiendan buscar ayuda para resolver conflictos contractuales. Se ofrece como solución la mediación. La demanda es la última alternativa

Los contratos nacen de la voluntad de dos personas, quienes se comprometen a cumplir un pacto. Esta voluntad genera automáticamente una obligación o vínculo jurídico de un hecho, y por ende, una acción legal. 

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Dentro de los tipos de contratos más comunes podemos toparnos con el arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, el matrimonio civil, compra venta, prestación de servicios, permuta, las capitulaciones matrimoniales, prendas, hipotecas, entre otros.

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Jorge Garcés, abogado y mediador, explica a este Diario, que en estos acuerdos “existe una Autonomía de la Voluntad de las Partes, para plasmar en un contrato civil todo tipo de condiciones, plazos y efectos, considerando lo que se encuentra permitido o no, de forma expresa, y así las dos partes puedan tener conocimiento de sus obligaciones”.

No obstante, cuando se incumple este contrato, el catedrático, señala que se puede aplicar distintos métodos para encontrar un arreglo amistoso, que permita el cumplimiento forzoso o voluntario de los contrayentes. "

Si se incumple un contrato por cualquiera de las partes, lo recomendable es contactar a un abogado especialista en materia civil, con la finalidad de analizar las cláusulas contractuales y establecer los mecanismos y herramientas para efectuar el cumplimiento del acuerdo”, sostiene.

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Garcés da a conocer uno de los métodos que hoy existen en la legislación para que de manera rápida y efectiva las partes encuentren una salida a la controversia. “Con el avance progresivo de los derechos, nuestra legislación tiene incorporado métodos alternos de solución que se encuentran establecidos en nuestra carta magna”, agrega. 

SOLUCIÓNAbogados recomiendan la mediación porque es más rápida, que el proceso judicial. En ella, el arreglo queda entre las partes; en una demanda el juez toma la decisión.

Las partes podrán solucionar el conflicto de una manera efectiva por medio de un facilitador o mediador en alguno de los centros de mediación que se encuentran en nuestro país, sin la necesidad de un juez. “A través de un nuevo acuerdo escrito entre ambas partes, que tiene validez jurídica, se puede dirimir el conflicto”, continua.

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El jurisconsulto, también, alega que en el caso de no llegar a ningún tipo de acuerdo, se deberá activar los órganos jurisdiccionales, para que sea un juez competente el que resuelva el conflicto con base a las pruebas presentadas dentro del proceso judicial, y así por medio de una sentencia, se solucione el inconveniente a través de una declaración trabajada.

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Para Fidel Cabezas, abogado con mención en Derecho Civil, se debería llegar a esta última instancia, luego de haber agotado los insumos legales proporcionados por el ordenamiento jurídico. “Se debería conservar la estabilidad del vínculo contractual y su aprovechamiento económico, asumiendo y superando eventuales incumplimientos sin tener que llegar a entablar una demanda, y la consecuencia lógica de turbación en la relación convencional”.

Según los expertos, en el supuesto no consentido de no tener una solución voluntaria entre las partes, el siguiente acto sería demandar judicialmente en el domicilio del deudor, con el patrocinio directo de un abogado, quien va a verificar el tipo de contrato y determinará la vía respectiva en nuestra legislación actual. 

Esta demanda podrá contener los requisitos establecidos en la ley, y es necesario que incluya documentos probatorios originales o en copias certificadas ante un notario que demuestren las alegaciones en la solicitud. Pueden ser un contrato, pagaré, cheque, letra de cambio, factura, acta transaccional o cualquier documento privado que determine la existencia de la obligación (deuda).

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SE PUEDEN RESOLVER DISPUTAS

“Los centros de mediación son espacios creados para resolver conflictos extrajudicialmente, descongestionan la justicia ordinaria “resolviendo disputas que las partes, tanto el solicitante como el invitado, tienen la voluntad de solucionar”, explica Josué Constante, abogado y director del centro de mediación Consalva Law. 

“En mediación se pueden resolver conflictos de materias transigibles en poco tiempo, y sin necesidad de un abogado. Entre los disputas que se pueden dirimir se encuentran: las liquidaciones laborales, la terminación de contratos de vivienda y desalojo, acuerdos de pagos, deudas con juicios coactivos, convenio de urbanizaciones y otros”, señala Constante. 

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Cada centro de mediación cuenta con un tarifario autorizado por el Consejo de la Judicatura, en el que se cancela una tarifa administrativa y una tasa según la cuantía del acuerdo arribado. Los valores varían según el estudio de resolución de conflictos que el ciudadano elija.

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