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la polémica disposición reformatoria tercera de la Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana que establece la obligatoriedad de asesores, consultores y estudios jurídicos a informar bajo juramento a la Administración Tributaria (...) sobre la creación, uso y propiedad de sociedades ubicadas en paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición, de beneficiarios efectivos ecuatorianos, sancionando con multa a quienes la incumplan, advirtiendo además de las responsabilidades penales, acarrea contradicciones que vale la pena mencionar.

El secreto profesional es una manifestación del derecho a la intimidad de las personas, que debe ser observado no solo por abogados sino también por quienes en ejercicio de una actividad tienen el deber de guardar en secreto lo que otros le dicen.

En el mundo existe gran cantidad de normativa que protege el secreto profesional y no es Ecuador la excepción. En ese sentido, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) en su artículo 179 sanciona la revelación del secreto profesional con una pena privativa de la libertad de 6 meses hasta un año, y el artículo 335 del Código Orgánico de la Función Judicial prohíbe a los abogados revelar “el secreto de sus patrocinados, sus documentos o instrucciones”.

Existen otros temas de orden práctico, ya que el hecho de invertir o constituir una sociedad en un país considerado como paraíso fiscal no es ilegal, ni es un presupuesto de evasión tributaria por sí solo. Adicionalmente a ello, un abogado puede asesorar a un cliente sobre la creación de una empresa o una inversión, sin conocer el giro que su cliente dará posteriormente al negocio.

Un abogado es un colaborador de la Administración de Justicia. En ese sentido nos preguntamos: ¿cuál es la justa medida para la aplicación de la disposición? Personalmente soy del criterio que la disposición referida en el primer párrafo no es la vía adecuada para el control de inversiones ilícitas en paraísos fiscales; existen otros mecanismos vinculados a quien ejerce la inversión que pueden reforzarse para lograr el objetivo de control.

colaboradores@granasa.com.ec

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