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Diario Expreso Ecuador

Corte ratifica condena por homicidio culposo en caso de cirugía estética en Quito

La Corte dejó en firme una sentencia de cinco años de prisión contra una mujer que realizaba procedimientos estéticos sin la debida titulación.

Referencial. Corte Nacional ratifica condena en Quito: mujer sin título causó muerte en cirugía estética 2020 por fallas médicas.

Referencial. Corte Nacional ratifica condena en Quito: mujer sin título causó muerte en cirugía estética 2020 por fallas médicas.Pexels

Gabriela Alejandra Echeverria Vásquez

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Lo que debes saber

  • Corte Nacional ratifica condena en Quito: mujer sin título causó muerte en cirugía estética 2020 por fallas médicas.

  • Falsa cirujana en Quito recibe 5 años por homicidio culposo tras cirugía fallida realizada en clínica privada en 2020.

  • Paciente muere tras operación estética en Quito; justicia confirma condena por negligencia y omisión de atención oportuna.

La Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia ratificó la condena de cinco años de prisión contra una mujer que ejercía como cirujana plástica en Quito, tras determinar su responsabilidad en la muerte de una paciente durante un procedimiento estético realizado en 2020.

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El fallo deja en firme la sentencia por homicidio culposo, luego de que el máximo tribunal rechazara el recurso de casación presentado por la defensa. 

Con esta decisión, se agotan las instancias ordinarias en el proceso penal y se consolida la responsabilidad de la sentenciada en los hechos investigados.

Procedimiento y circunstancias

El caso se remonta al 27 de agosto de 2020, cuando la paciente se sometió a una intervención estética en una clínica del norte de Quito. De acuerdo con la información difundida por la Fiscalía, el procedimiento incluyó un implante mamario y técnicas de liposucción.

Previamente, el personal médico habría realizado exámenes que no evidenciaron impedimentos aparentes para la cirugía. Sin embargo, la intervención se extendió por aproximadamente seis horas. Tras concluir, la paciente fue trasladada al área de recuperación, donde su estado comenzó a deteriorarse poco después.

Durante los dos días posteriores, la condición clínica de la mujer continuó agravándose. Según los elementos analizados en el juicio, la responsable no logró identificar oportunamente la causa de la descompensación ni dispuso su traslado inmediato a un hospital con mayor capacidad de respuesta.

Falencias en la atención

Uno de los aspectos relevantes expuestos en el proceso fue la omisión de acciones frente a alertas médicas externas. La investigación señala que la sentenciada ignoró la recomendación de un profesional cercano a la paciente, quien advirtió sobre la necesidad de una atención más especializada.

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Aunque finalmente la víctima fue trasladada a otra casa de salud, su estado era crítico. La autopsia determinó que la causa de muerte fue un shock hipovolémico irreversible, es decir, una falla circulatoria grave producida por la pérdida significativa de sangre.

El informe forense también estableció que esta condición se originó por laceraciones en la pared abdominal, provocadas por las cánulas de succión empleadas durante el procedimiento de liposucción.

Ejercicio sin titulación y promoción en redes

El expediente judicial evidenció además que la mujer no contaba con la titulación profesional habilitante para ejercer la especialidad en cirugía plástica. A pesar de ello, ofrecía sus servicios al público.

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La promoción de estos procedimientos se realizaba principalmente a través de redes sociales y publicidad radial, lo que, según las autoridades, facilitó la captación de pacientes.

Este elemento fue considerado clave dentro del análisis judicial, ya que evidenció una práctica médica por fuera de los estándares y controles exigidos por la normativa sanitaria vigente. 

Fundamentación del fallo

En su resolución, el tribunal concluyó que la procesada incumplió el deber objetivo de cuidado, un principio central en los delitos culposos relacionados con la práctica profesional. También determinó la vulneración de la denominada lex artis, que establece las reglas técnicas y éticas en el ejercicio de la medicina. 

Asimismo, la sentencia señala que la acusada contravino disposiciones emitidas por la autoridad sanitaria, lo que reforzó la configuración de responsabilidad penal en el caso.

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