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Diario Expreso Ecuador

¿Puede ser deportado José Serrano? Esto se sabe tras su salida de una cárcel migratoria

Ecuador mantiene una causa abierta contra el exfuncionario. La protección CAT sigue marcando el debate.El estatus migratorio aún no ha sido confirmado

José Serrano, expresidente de la Asamblea Nacional, dejó de figurar en los registros de custodia del ICE, aunque hasta ahora no existe una confirmación oficial sobre su situación migratoria en EE. UU.

José Serrano, expresidente de la Asamblea Nacional, dejó de figurar en los registros de custodia del ICE, aunque hasta ahora no existe una confirmación oficial sobre su situación migratoria en EE. UU.Cuenta de Flickr de la Asamblea Nacional

Flor Layedra
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Lo que debes saber

  • Especialistas sostienen que la eventual salida de Serrano de custodia no implica una deportación automática.
  • Una protección otorgada por la justicia estadounidense sigue siendo clave en su caso.
  • En Ecuador, el exministro mantiene una orden de prisión preventiva dentro del caso Magnicidio FV.

La posible salida de José Serrano, exministro del Interior del Gobierno de Rafael Correa, del centro de detención de Krome, en Miami (Estados Unidos), ha abierto interrogantes sobre su situación migratoria y la posibilidad de que sea enviado a Ecuador. Sin embargo, especialistas consultados por EXPRESO coinciden en que su eventual excarcelación no implica automáticamente una deportación.

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¿Qué se sabe de la situación de Serrano?

El abogado, especialista en Política Internacional y catedrático de la Universidad Internacional del Ecuador, Pablo Játiva señala que todavía no existe una confirmación oficial sobre el estatus actual del exfuncionario. Por ello, advirtió que cualquier análisis debe realizarse con cautela, ya que incluso podría tratarse de un traslado a otro centro de detención o de una liberación bajo fianza.

Según Játiva, la principal barrera para una eventual deportación es la protección otorgada a Serrano bajo la Convención contra la Tortura (CAT, por sus siglas en inglés). El académico explicó que esa medida fue concedida por una jueza estadounidense al considerar que existirían riesgos para su integridad si fuera retornado a Ecuador.

La jueza de asuntos migratorios de Miami, Romy Lerner, concedió el 13 de mayo de 2026 al exfuncionario correísta una protección al amparo de la Convención contra la Tortura (CAT) de 1984, una medida que impide su deportación a Ecuador mientras se mantenga vigentes las condiciones que la motivaron. En el país, Serrano enfrenta una orden de prisión preventiva dentro del caso Magnicidio FV, en el que es investigado por su presunta participación como autor intelectual del asesinato del excandidato presidencial Fernando Villavicencio.

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El alcance de la Convención contra la Tortura

Por su parte, Ivonne Téllez, especialista en Derecho Internacional y docente de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, sostiene que el caso debe analizarse desde varias aristas jurídicas que se desarrollan de manera paralela. A su criterio, aunque en Ecuador existe una orden de prisión preventiva contra Serrano, la protección derivada de la Convención contra la Tortura complejiza cualquier proceso de devolución.

Téllez explica que el principio de no devolución, contemplado en el artículo 3 de la Convención, impide enviar a una persona a un país donde pueda enfrentar riesgos de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Agrega que, de mantenerse vigente esa protección, la deportación quedaría frenada independientemente de otros argumentos relacionados con seguridad o antecedentes judiciales.

Según los académicos, la protección otorgada a Serrano bajo la Convención contra la Tortura también debe analizarse en el contexto de la crisis penitenciaria que ha atravesado Ecuador en los últimos años. Los especialistas sostienen que los antecedentes de violencia carcelaria, las denuncias sobre condiciones de reclusión y la situación de figuras políticas privadas de libertad (el exvicepresidente Jorge Glas y del alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez) habrían sido elementos considerados por la justicia estadounidense para evaluar los riesgos que enfrentaría el exfuncionario en caso de ser enviado al país.

Játiva expresa que la orden de prisión preventiva vigente en Ecuador no obliga a Estados Unidos a entregar al exfuncionario. Según expresa, la protección internacional otorgada a Serrano se sustenta en que el Estado ecuatoriano no habría podido garantizar plenamente su seguridad e integridad dentro del sistema penitenciario.

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La protección internacional que lo blinda

Por su parte, Téllez señala que la negativa al asilo no elimina automáticamente los efectos de la protección otorgada bajo la Convención contra la Tortura. La experta afirma que ambas figuras tienen alcances distintos y que la segunda puede mantenerse vigente aun cuando la primera haya sido rechazada.

Además, explica la académica que, si Estados Unidos decidiera deportar a Serrano a Ecuador y este fuera encarcelado en prisiones del país, y en un año su estado físico se viera totalmente deteriorado, eventualmente se abriría una ventana de responsabilidad internacional para Estados Unidos a la luz de la Convención, por haber incumplido la normativa al no poder garantizar su retorno en condiciones adecuadas. Esto podría derivar en un litigio internacional, subraya Téllez.

Hasta el momento, no existe una confirmación oficial sobre las condiciones en las que Serrano habría dejado de figurar en localizador de detenidos del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE). No obstante, los especialistas consultados consideran que, mientras permanezca vigente la protección internacional concedida en Estados Unidos, una deportación a Ecuador no sería un escenario inmediato.

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