Gobierno ecuatoriano
Propuesta de castración química a violadores: qué implica la consulta planteada por el Ejecutivo
La Corte ya cuestionó una propuesta similar. Expertos advierten vacíos jurídicos y científicos. También alertan sobre problemas de aplicación

La castración química vuelve al centro del debate jurídico y penal en Ecuador.
La castración química para violadores volvió al centro del debate por iniciativa del Gobierno, pero la propuesta llega con un obstáculo difícil de ignorar: la Corte Constitucional ya advirtió que, tal como fue planteada, el año pasado, no supera el filtro jurídico. Ahora, el Ejecutivo insiste en llevar nuevamente el tema a una eventual consulta popular, pese a que el máximo organismo de control constitucional ya cuestionó la falta de evidencia sobre su eficacia.
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La Corte ya marcó el primer límite
En realidad, esta no es una discusión nueva. El 10 de julio de 2025, el presidente Daniel Noboa presentó una reforma parcial a la Constitución para incorporar la castración química; sin embargo, el 4 de septiembre de ese mismo año, la Corte Constitucional rechazó esa vía al concluir que el Gobierno no demostró que las medidas fueran idóneas para prevenir la violencia sexual.
De hecho, el dictamen de la Corte fue más allá de un pronunciamiento sobre el procedimiento. Los jueces señalaron que el Ejecutivo no aportó evidencia científica suficiente para demostrar que la reducción de la libido disminuye la reincidencia y, además, observaron que la propuesta no explicaba aspectos esenciales sobre la forma en que se aplicaría el tratamiento.
En esa línea, el abogado penalista Andrés Cevallos sostiene que cualquier nueva iniciativa deberá responder precisamente a esos vacíos. Según explica, mientras el Ejecutivo no determine si la castración química constituye una pena o una medida de seguridad, y no presente evidencia técnica sobre su efectividad, volverá a enfrentar los mismos cuestionamientos constitucionales.
Además, Cevallos advierte que esa diferencia no es meramente conceptual. Si se configura como una pena, deberá respetar principios de culpabilidad y proporcionalidad; en cambio, si se plantea como una medida de seguridad, exigirá una evaluación periódica sobre la peligrosidad del condenado y no bastará únicamente con la existencia de una sentencia ejecutoriada.
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Un debate más allá del tratamiento hormonal
Por otra parte, Antonio Gagliardo, exministro fiscal distrital del Guayas y Galápagos y experto en Ciencias Penales y Criminológicas, considera que incluso el nombre de la propuesta induce a confusión. Aclara que la denominada castración química no implica una intervención quirúrgica, sino la administración periódica de fármacos que reducen temporalmente la libido y cuyos efectos desaparecen cuando el tratamiento deja de aplicarse.
Sin embargo, Gagliardo señala que la discusión no puede limitarse al efecto de los medicamentos. A su juicio, todavía no está claro cómo se garantizaría su aplicación obligatoria.
Además, para Gagliardo, la propuesta también enfrenta un problema de ejecución, pues requeriría que el Estado financie medicamentos de aplicación periódica sin que exista claridad sobre su costo o duración. El exfiscal cuestiona que se plantee ese gasto cuando el sistema público registra constantes problemas de abastecimiento de fármacos y las cárceles presentan deficiencias incluso para garantizar una alimentación adecuada a los internos.
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Las alternativas que plantean los juristas
Cevallos también cuestiona la premisa sobre la que se sustenta la propuesta. El penalista explica que no todas las agresiones sexuales obedecen a un impulso o deseo sexual, sino que en muchos casos responden a dinámicas de violencia, dominación o ejercicio de poder sobre la víctima. Por ello, advierte que reducir la discusión a un tratamiento hormonal puede generar la falsa expectativa de que la castración química resolverá un problema cuya raíz es mucho más compleja.
Desde esa perspectiva, Cevallos considera que la respuesta frente a los delitos sexuales debe ir más allá de un tratamiento hormonal. El penalista plantea complementar cualquier reforma con otras políticas públicas, entre ellas la implementación de cárceles o centros especializados para personas condenadas por delitos sexuales, con programas orientados a su rehabilitación y a reducir el riesgo de reincidencia.
Por su parte, Gagliardo considera que una herramienta más útil sería la creación de un registro de violadores que impida a los sentenciados trabajar en escuelas o en espacios donde tengan contacto con niños y adolescentes. A su criterio, esa medida contribuiría a reducir los riesgos de nuevas agresiones, sin dejar de lado la responsabilidad del Estado.