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Diario Expreso Ecuador

Promotores de la revocatoria de Daniel Noboa buscan llegar hasta la Corte Constitucional

Los promotores de la revocatoria de mandato del presidente Daniel Noboa esperarán a que el Tribunal Contencioso Electoral resuelva un recurso de ampliación

El abogado Washington Andrade, integrante de la Plataforma por la Revocatoria, y Leonidas Iza, de la Ecuarunari.

El abogado Washington Andrade, integrante de la Plataforma por la Revocatoria, y Leonidas Iza, de la Ecuarunari.Foto: Tomada de X de Washington Andrade

Richard Josue Jimenez Mora

Creado:

Actualizado:

Lo que debes saber

  • TCE negó apelación para la entrega de formularios de revocatoria.
  • Promotores acudirán a la Corte Constitucional con acción de protección.
  • CNE archivó el trámite por falta de justificación en causales legales.

Los promotores de la revocatoria de mandato contra el presidente Daniel Noboa recurrirán ante la Corte Constitucional en Ecuador, luego de que el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) ratificara la negativa a entregarles los formularios de recolección de firmas. La decisión fue adoptada el 18 de agosto de 2026 tras el archivo de la apelación presentada por dirigentes sociales, quienes ahora esperan la resolución de un recurso de ampliación para agotar la vía electoral y activar una acción extraordinaria de protección.

El camino legal ante la Corte Constitucional

Los impulsores de la iniciativa confirmaron que esperarán el pronunciamiento final del órgano de justicia electoral antes de elevar el caso a la máxima instancia constitucional del país.

  • Resolución pendiente: El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) debe resolver un recurso de ampliación sobre la sentencia dictada el 18 de agosto de 2026.
  • Ejecutoria del fallo: Una vez notificado el pronunciamiento y ejecutoriada la causa, empezará a correr el plazo legal.
  • Plazo de 20 días: Los proponentes dispondrán de un término de 20 días para presentar las acciones extraordinarias de protección ante la Corte Constitucional.

Ratificación del TCE y archivo del proceso electoral

La resolución del tribunal electoral confirmó el fallo de primera instancia y ratificó la postura de no conceder los formatos oficiales requeridos para avanzar a la fase de recolección de rúbricas.

Actores del reclamo y trámite judicial

  • Promotores de la causa: El recurso de apelación fue impulsado por Leonidas Iza, de la Ecuarunari, y Washington Andrade.
  • Admisión a trámite: El 13 de agosto de 2026, el juez electoral Patricio Maldonado admitió a trámite el expediente y dispuso que el Pleno del tribunal resolviera el reclamo.
  • Fallo definitivo del pleno: El 18 de agosto de 2026, el Pleno del TCE rechazó la apelación y ordenó el archivo definitivo de la causa en esa sede.

La negativa inicial del Consejo Nacional Electoral

El litigio inició a mediados de julio de 2026, cuando el Consejo Nacional Electoral (CNE) negó por primera vez la solicitud de los formularios para recoger firmas. El organismo sustentó su decisión en dos puntos principales:

  1. Los solicitantes no acreditaron el incumplimiento del plan de trabajo presentado por el presidente Daniel Noboa.
  2. No se justificó una transgresión de las atribuciones constitucionales vinculadas al ejercicio del cargo presidencial.
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