SUSCRÍBETE
Diario Expreso Ecuador

Ley de Eutanasia en Ecuador: Procuraduría y aseguradoras piden cambios en el proyecto

El Colegio de Médicos de Pichincha recomienda la creación de una Comisión de Evaluación y Control que procese las solicitudes del procedimiento de eutanasia

El asambleísta Juan José Reyes, de ADN, presidente la Comisión de Salud.

El asambleísta Juan José Reyes, de ADN, presidente la Comisión de Salud.ARCHIVO/ASAMBLEA NACIONAL

Richard Josue Jimenez Mora

Creado:

Actualizado:

Lo que debes saber

  • Asamblea debatió la Ley de Eutanasia y recibió observaciones de la Procuraduría este 29 de mayo.
  • Procuraduría General del Estado detectó vacíos legales sobre el consentimiento informado.
  • Superintendencia de Compañías propuso calificar la eutanasia como una muerte natural.

La Comisión de Salud de la Asamblea Nacional continuó este 29 de mayo de 2026 con el tratamiento del proyecto de Ley Orgánica de la Eutanasia, una normativa derivada de una sentencia de la Corte Constitucional. Durante la sesión, la Procuraduría General del Estado entregó sus observaciones y señaló la existencia de ambigüedades y vacíos legales en la propuesta vigente, mientras que los sectores de seguros y de la medicina plantearon reformas estructurales para garantizar la seguridad jurídica del procedimiento.

Las ambigüedades legales detectadas por la Procuraduría

La Procuraduría General del Estado señaló que existe una clara ambigüedad normativa respecto al objeto del proyecto de ley porque no delimita en qué casos puede intervenir un representante legal ni en qué condiciones, lo que puede generar interpretaciones contradictorias. Asimismo, la entidad recordó que el proceso de la eutanasia no solo debe incluir al sector público y sus médicos, sino también a otros actores, como establecimientos de salud privados, comités, autoridades administrativas y órganos de control.

Le puede interesar | Eutanasia Ecuador: Asamblea trata en primer debate proyecto de ley, con año de atraso

Respecto a la objeción de conciencia, la institución sostuvo que se debe establecer un procedimiento claro para su ejecución y los mecanismos que garanticen la continuidad de la atención del paciente. En ese sentido, en el apartado de definiciones, señaló que se debe mejorar la definición de consentimiento informado y de enfermedad grave e incurable.

El debate de la eutanasia en Ecuador se abrió con el caso de Paola Roldán, quien presentó una demanda de inconstitucionalidad contra el articulo 144 del COIP, sobre el homicidio simple.

El debate de la eutanasia en Ecuador se abrió con el caso de Paola Roldán, quien presentó una demanda de inconstitucionalidad contra el articulo 144 del COIP, sobre el homicidio simple.Cortesía

Eliminación de restricciones de nacionalidad y autonomía del paciente

La Procuraduría también planteó eliminar la restricción de que la eutanasia tenga como requisito ser ecuatoriano o extranjero con residencia permanente. Esto se debe a que la sentencia de la Corte Constitucional no estableció condicionamientos de nacionalidad o situación migratoria. Asimismo, propuso reforzar el principio de respeto a la autonomía para que un paciente pueda declinar el procedimiento en cualquier momento y a través de cualquier vía, no solo de forma verbal.

Le puede interesar | Reforma a rentas eléctricas: ¿qué cambios plantea la Asamblea para controlar los fondos?

Por su parte, el Colegio de Médicos de Pichincha recomendó a la mesa legislativa la inclusión de una Comisión de Evaluación y Control que procese las solicitudes del procedimiento de eutanasia de forma multidisciplinaria.

Integrantes propuestos para la Comisión de Evaluación y Control:

  • Dos médicos especialistas.
  • Dos juristas expertos en materia de salud.
  • Un psicólogo clínico.
  • Un miembro de la sociedad civil organizada.
La Corte Constitucional dispuso a la Asamblea la creación de un cuerpo normativo para los procedimiento de eutanasia.

La Corte Constitucional dispuso a la Asamblea la creación de un cuerpo normativo para los procedimiento de eutanasia.Foto: Archivo / Expreso

El impacto de la eutanasia en el sector de los seguros de vida y salud

La Superintendencia de Compañías también presentó sus observaciones debido a que la eutanasia genera implicaciones directas en los seguros de vida y de salud. El organismo de control sostuvo que este procedimiento no debe equipararse jurídicamente al suicidio, por lo que propuso que la ley establezca expresamente que la muerte derivada de este procedimiento sea considerada como muerte natural.

Para viabilizar esto, la Superintendencia planteó reformas al Código de Comercio para otorgar seguridad jurídica tanto a las aseguradoras como a los pacientes y beneficiarios de pólizas de vida. Entre las propuestas constan reglas claras sobre cobertura, exclusiones y condiciones de contratación.

En ese sentido, la Federación Ecuatoriana de Empresas de Seguros (Fedeseg) manifestó que el sector asegurador busca contribuir al fortalecimiento del proyecto de ley para evitar conflictos legales futuros y garantizar procedimientos transparentes y eficientes para los usuarios del sistema de seguros, evitando la judicialización y los conflictos contractuales en seguros de vida y salud.

tracking