reformas legales
Pleno vota ley que plantea bloqueo de sitios web e IP que promuevan reclutamiento de menores
La reforma establece medidas de protección digital y eleva las penas para quienes estén involucrados en el reclutamiento de niños para bandas criminales

El Pleno de la Asamblea se reúne este 29 de septiembre de 2026 para el segundo debate de la Ley de Erradicación del Reclutamiento de Menores.
La Ley Orgánica Reformatoria para la Prevención y Erradicación del Reclutamiento de Menores se definirá en el Pleno de la Asamblea este 29 de septiembre de 2026. Uno de los puntos relevantes del proyecto está relacionado con la protección de los menores en el entorno digital.
El proyecto reconoce el derecho a la protección digital y faculta al Estado para realizar el bloqueo temporal de direcciones IP, dominios y URL que contengan contenidos que promuevan el reclutamiento criminal.
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El texto señala: “Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a desarrollarse y ejercer sus derechos en entornos digitales seguros, libres de violencia, explotación y otras formas de vulneración de sus derechos”.
Cuidado en los entornos digitales
La normativa también plantea el deber de cuidado y supervisión en los entornos digitales. “Los progenitores o representantes legales de las niñas, niños y adolescentes tienen el deber de orientar, acompañar y supervisar, de acuerdo con su grado de desarrollo y madurez, el uso de dispositivos electrónicos, plataformas digitales, redes sociales, videojuegos y demás entornos digitales”, establece la ley.
El objetivo es proteger el desarrollo integral de los menores y prevenir situaciones de riesgo, violencia, explotación, reclutamiento, uso o utilización en actividades delictivas. La propuesta también contempla medidas ante el incumplimiento de este deber.
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“Cuando el incumplimiento de este deber genere una amenaza o vulneración de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, se adoptarán las medidas de protección previstas en este Código (de la Niñez)”, se indica.
Hay que tomar en cuenta que el Código de la Niñez considera medidas de protección aquellas destinadas a detener una amenaza, restituir un derecho vulnerado y garantizar su respeto permanente.
Especifica un nuevo delito y aumenta penas
La normativa define el reclutamiento de menores por parte de las bandas delictivas como la “captación o vinculación a estructuras criminales con fines de instrumentalización”.
En ese sentido, el texto establece que el reclutamiento o utilización de menores por fuerzas armadas regulares, irregulares o grupos armados pasaría a sancionarse con pena privativa de libertad de 22 a 26 años, frente a los 10 a 13 años vigentes.
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También se sancionaría con pena de 22 a 26 años de cárcel a quien reclute, use o utilice menores de forma individual o como parte de una organización de delincuencia organizada o grupos armados para cometer delitos.