ORGANIZACIONES SOCIALES
Plataforma por la revocatoria de Noboa intentará conformarse en Quito; la Conaie se desmarca
El llamado fue hecho para el 28 de abril de 2026 en la sede de la organización indígena en Quito. Vicepresidenta señala que solo se ha facilitado el lugar

El presidente Daniel Noboa cumplirá un año en funciones el próximo 24 de mayo de 2026 y allí se cumpliría requisito para pensar en una revocatoria.
Colectivos sociales y activistas intentarán conformar una sola plataforma para impulsar la revocatoria del mandato del presidente Daniel Noboa. El próximo martes 28 de abril de 2026, en la sede de la Conaie en Quito, se desarrollará el primer encuentro.
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Gabriela Alejandra Echeverria Vásquez
La convocatoria no tiene una firma de responsabilidad de organizaciones sociales. Aun así, el llamado es a conformar la “Plataforma Unificada para la Revocatoria del Mandato al Binomio Noboa/Pinto”.
En redes sociales, uno de los impulsores del encuentro es el abogado Washington Andrade. En su cuenta en la red social X, difundió la convocatoria, en la que se establece incluso un orden del día para la reunión.
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Allí se detalla que el objetivo será la constitución de dicha plataforma y, posteriormente, la elección de las personas que formarán parte de su coordinación. Asimismo, se presentará una aplicación bajo el nombre Revoca EC.
¿La Conaie es parte del proceso?
EXPRESO se contactó con dirigentes de la Conaie para conocer su postura frente a la convocatoria y el anuncio sobre el uso de su sede. La vicepresidenta de la organización, Ercilia Castañeda, señaló que no existe una resolución de las bases sobre el apoyo a la iniciativa.
“Lo último que se quedó fue ir a los territorios para consultar y resolver. No podemos tomar una decisión por encima de las bases. La casa de pueblos está abierta”, aseguró.
La dirigente también indicó que actualmente participan en el Foro Permanente para Asuntos Indígenas de la ONU. “Entiendo que la sede está facilitada”, dijo Castañeda ante la consulta sobre si la participación de la Conaie se limitaba a prestar sus instalaciones.
¿Qué implica la revocatoria de un mandato?
La figura está contemplada en la Constitución y su procedimiento también se detalla en el Código de la Democracia. Así, en el artículo 105 de la Carta Magna se señala que las autoridades de elección popular, incluido el presidente de la República, pueden ser revocadas por la ciudadanía.
“Para el caso de la Presidenta o Presidente de la República se requerirá el respaldo de un número no inferior al quince por ciento de inscritos en el registro electoral”, se señala en la Constitución.
Existe, además, un requisito clave: el funcionario de elección popular, en este caso el presidente de la República, debe haber cumplido al menos un año en funciones. Este plazo se cuenta desde la fecha de su posesión en la Asamblea. En el caso del binomio Noboa/Pinto, el primer año se cumplirá el próximo 24 de mayo de 2026.