código tributario
Asamblea se allana a veto de Noboa: ¿Cómo quedó la multa por no declarar activos en el exterior?
La Asamblea aceptó el veto de Noboa y cambió las multas por no declarar activos en el exterior. Esto fue lo que propuso el Ejecutivo

La Asamblea Nacional sesionó este 19 de octubre y abordó el veto a las reformas al Código Tributario.
Finalmente, la Asamblea Nacional, controlada por ADN, se allanó a la objeción parcial del Ejecutivo a las reformas al Código Tributario. Con esto, el Pleno del Legislativo dio paso al cambio en las multas para los contribuyentes que no reportan sus activos en el exterior como parte de su declaración patrimonial.
El Legislativo sesionó la mañana de este 19 de octubre de 2026. El único punto del orden del día, luego del Himno Nacional, fue: “Conocer y resolver el informe no vinculante a la objeción parcial por inconveniencia al Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Tributario”.
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El Ejecutivo había vetado parcialmente la propuesta aprobada por su propia bancada legislativa. El pasado 13 de octubre de 2026 se conoció la objeción por inconveniencia relacionada con el numeral 2 de la segunda disposición reformatoria. Allí se intentaba regular las sanciones por no reportar activos en el exterior dentro de la declaración patrimonial.
El texto original aprobado por el Legislativo fijaba multas de entre 1.000 y 2.000 salarios básicos unificados (SBU). Con el salario básico de 2026 establecido en 482 dólares, los valores de las sanciones fluctuaban entre 482.000 y 964.000 dólares.
El Ejecutivo argumentó que dicho monto resultaba excesivo frente a una infracción de carácter formal y provocaría un perjuicio económico desproporcionado.
De acuerdo con el mandatario, el Estado debe desincentivar el incumplimiento sin instaurar mecanismos arbitrarios de recaudación que transgredan garantías constitucionales, como el principio de no confiscatoriedad.
¿Qué pasó durante el Pleno?
La sesión se desarrolló de forma virtual. La presidenta de la Comisión de Régimen Económico, Nathaly Farinango, señaló que “una buena ley no es aquella que simplemente se aprueba sino aquella que responde a los problemas del país”.
La legisladora dijo que, con las reformas, las fichas técnicas, los manuales y los comunicados internos ya no podrán crear o modificar obligaciones tributarias. “Las notificaciones llegarán al buzón electrónico que el contribuyente registró”, aseguró Farinango.
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Nadie más intervino durante el debate. Tras la participación de Farinango, la objeción pasó a votación. Al final, con 85 votos afirmativos, el Pleno se allanó a la objeción y modificó la norma aprobada previamente para ajustarla a la observación del Ejecutivo.
¿Cómo queda la reforma?
Hay que recordar que, en su veto parcial, el Ejecutivo planteó la eliminación del rango fijo de sanción, que iba de los 1.000 a los 2.000 salarios básicos unificados.
En su lugar, propuso una multa del 0,5 % del valor total de los activos no declarados fuera del país. Además, el monto final no podrá superar los 2.075 salarios básicos unificados.