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reforma tributaria

El presidente Noboa veta multa de hasta $1 millón por no declarar el patrimonio

El Ejecutivo cuestiona la proporcionalidad de las sanciones que aprobó la Asamblea para quienes incumplan la declaración patrimonial

La propuesta gubernamental plantea calcular la multa según el valor de los activos en el exterior.

La propuesta gubernamental plantea calcular la multa según el valor de los activos en el exterior.Archivo / Expreso

Lisbeth Zumba
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Lo que debes saber

  • Daniel Noboa veta la multa de hasta más de $1 millón por no presentar la declaración patrimonial y propone cambiar la forma de calcular las sanciones tributarias. 
  • El Ejecutivo plantea una penalización del 0,5 % de los activos en el exterior no reportados, con un límite máximo, en lugar de la multa fija aprobada por la Asamblea. 
  • La reforma vuelve al Legislativo, que deberá decidir si acepta los cambios o mantiene el texto original.

El presidente Daniel Noboa presentó una objeción "parcial por inconveniencia" al proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Tributario. En el oficio, emitido el pasado 13 de octubre y dirigido a la Presidencia de la Asamblea Nacional, propone modificar las sanciones previstas para quienes incumplan la obligación de presentar la declaración patrimonial.

El veto se concentra en el numeral dos de la segunda disposición reformatoria, que establece sanciones por la falta de reporte de activos en el exterior mediante la declaración patrimonial.

El texto aprobado por la Asamblea contemplaba multas de entre 1.000 y 2.000 salarios básicos unificados (SBU) por no presentar esta declaración. Con el salario básico de 2026, de $482, las sanciones podían oscilar entre $482.000 y $964.000. El monto máximo superaba los $1 millón si se aplicaban los parámetros superiores previstos en el texto.

No obstante, el  Ejecutivo  ha considerado que una sanción de esa magnitud puede resultar excesiva frente a una infracción formal, como no presentar la declaración u omitir información, y generar una consecuencia económica desproporcionada para el contribuyente.

¿Cómo cambiaría la multa por no declarar el patrimonio?

La propuesta del Ejecutivo elimina la multa fija de entre 1.000 y 2.000 salarios básicos para la falta absoluta de declaración y plantea establecer una sanción equivalente al 0,5 % del valor total de los activos en el exterior que no hayan sido reportados, con un tope máximo de 2.075 salarios básicos unificados.

El abogado especialista en tributos e inversiones, Marco Moya, explica el alcance del cambio.  “Si la declaración se presenta de forma extemporánea antes de que la infracción sea notificada, la multa se reduciría a la mitad. El cambio es relevante porque no elimina la sanción, pero busca relacionar su cuantía con la conducta sancionada”, señala Troya.

Para el especialista, el veto reconoce que la sanción aprobada podía representar una carga económica excesiva y cuestiona su proporcionalidad. También advierte sobre un posible efecto confiscatorio.

El Ejecutivo advierte sobre el efecto confiscatorio de la sanción

En el oficio, Noboa sostiene que, aunque el Estado busca desincentivar las infracciones tributarias, las sanciones no deben convertirse en mecanismos arbitrarios de recaudación ni vulnerar principios constitucionales, como el de no confiscatoriedad.

La preocupación radica en que una multa elevada podría comprometer gravemente el patrimonio del contribuyente, incluso cuando la infracción esté relacionada con el incumplimiento de una obligación formal.

¿Qué sigue para la reforma al Código Tributario?

Con la objeción parcial, el proyecto regresa a la Asamblea Nacional. Los legisladores deberán decidir si aceptan los cambios planteados por el Ejecutivo o si se ratifican en el texto que aprobaron originalmente.

La decisión definirá cómo se sancionará la falta de presentación de la declaración patrimonial y si se mantiene el esquema de multas fijas o se incorpora el cálculo proporcional propuesto por el Gobierno.

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