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Asamblea debatirá el veto de Noboa a la reforma al Código Tributario: ¿qué cambia en las multas?

Noboa propone cambiar multas fijas de hasta 964.000 dólares por una tarifa porcentual del 0,5 %.Comisión de Régimen Económico recomienda allanarse al veto

Mishel Mancheno es la presidenta de la Asamblea Nacional de Ecuador.

Mishel Mancheno es la presidenta de la Asamblea Nacional de Ecuador.ASAMBLEA NACIONAL

Richard Josue Jimenez Mora

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Lo que debes saber

  • Sesión del Pleno fue convocada para este 19 de octubre para tratar la objeción presidencial.
  • Noboa propone cambiar multas fijas de hasta 964.000 dólares por una tarifa porcentual del 0,5 %.
  • Comisión de Régimen Económico recomienda allanarse al veto para evitar sanciones desproporcionadas.

La presidenta de la Asamblea Nacional, Mishel Mancheno, convocó a los legisladores a la sesión 131 del Pleno para este lunes 19 de octubre de 2026, a las 09:30, con el objetivo de tramitar el informe no vinculante sobre la objeción parcial por inconveniencia remitida por el presidente Daniel Noboa a la reforma al Código Tributario. El debate legislativo definirá si se acoge la propuesta del Ejecutivo que busca sustituir las multas fijas sobre activos en el exterior por un esquema porcentual proporcional para los contribuyentes.

Convocatoria y orden del día en el Legislativo

La titular del Parlamento estableció una agenda focalizada de manera exclusiva en la resolución de este proyecto de ley económico.

  • Fecha y hora: lunes 19 de octubre de 2026, a las 09:30.
  • Instancia: Sesión 131 del Pleno de la Asamblea Nacional.
  • Puntos a tratar: entonación del Himno Nacional y tratamiento del veto a la reforma al Código Tributario.

¿Qué propone el veto de Daniel Noboa a las sanciones patrimoniales?

El presidente Daniel Noboa formalizó su objeción parcial por inconveniencia al proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Tributario mediante un oficio emitido el 13 de octubre. Su reparo se centra en el numeral 2 de la segunda disposición reformatoria, acápite que norma las penalizaciones por no reportar activos en el exterior dentro de la declaración patrimonial.

El texto original aprobado por el Legislativo fijaba multas de entre 1.000 y 2.000 salarios básicos unificados (SBU). Con el salario básico de 2026 establecido en 482 dólares, los valores sancionatorios fluctuaban entre 482.000 y 964.000 dólares.

El Ejecutivo argumentó que dicho monto resulta excesivo frente a una infracción de carácter formal y provocaría un perjuicio económico desproporcionado. De acuerdo con el mandatario, el Estado debe desincentivar el incumplimiento sin instaurar mecanismos arbitrarios de recaudación que transgredan garantías constitucionales como el principio de no confiscatoriedad.

El presidente Daniel Noboa objetó la reforma al Código Tributario.

El presidente Daniel Noboa objetó la reforma al Código Tributario.Presidencia de la República

Parámetros de la sanción planteada por el Ejecutivo

La propuesta remitida por el presidente contempla las siguientes condiciones:

  • Eliminación del rango fijo: se suprime la sanción obligatoria de 1.000 a 2.000 SBU.
  • Cálculo porcentual: se impone una multa del 0,5 % del valor total de los activos no declarados fuera del país.
  • Techo máximo: el monto final no podrá rebasar los 2.075 salarios básicos unificados.
  • Atenuante por cumplimiento tardío: si el contribuyente presenta el reporte de forma extemporánea antes de que la autoridad notifique la falta, la penalidad se reduce al 50 %, sin superar el tope legal.

¿Qué recomendó la Comisión de Régimen Económico?

El 16 de octubre de 2026, la Comisión de Régimen Económico y Tributario aprobó, con seis votos a favor, su informe no vinculante respecto al veto del mandatario.

La mesa legislativa concluyó que el texto alternativo presidencial no altera el fondo estructural de la reforma general aprobada por el Pleno el pasado 6 de octubre de 2026. Por tal razón, recomendó formalmente que el Pleno se allane a las modificaciones del Ejecutivo.

Si la Asamblea ratifica este criterio, la Administración Tributaria calculará la multa del 0,5 % sobre los bienes identificados en ejercicio de sus facultades sancionatorias, cerrando el trámite legal de la norma.

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