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Diario Expreso Ecuador

La elección que nadie mira

Mientras la Constitución le atribuya al CPCCS la selección y designación de las principales autoridades de control, su elección no puede ser un tema secundario

Es legítimo discutir si el CPCCS debe mantenerse, reformarse o desaparecer. Su historial de politización y de designaciones cuestionadas no es menor.

Es legítimo discutir si el CPCCS debe mantenerse, reformarse o desaparecer. Su historial de politización y de designaciones cuestionadas no es menor.Archivo Expreso

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El próximo 29 de noviembre, millones de ecuatorianos acudirán a las urnas pensando en quién debe administrar su ciudad o su provincia. Muy pocos pensarán que ese mismo día también estarán eligiendo a quienes integrarán el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, un organismo que selecciona y designa a las principales autoridades de control del Estado.

Elegir a un consejero del CPCCS no equivale a escoger alcalde o prefecto. El ciudadano no está votando por quien ejecutará obras o administrará servicios públicos. Está eligiendo a personas que deberán manejar los procesos de selección más importantes del Estado bajo presión política y mediática. Por eso requieren independencia, criterio jurídico y solvencia ética.

Provisionalidad y concursos pendientes

Mientras la Constitución no cambie, el CPCCS conserva una de las atribuciones más influyentes del Estado. Interviene en la designación de autoridades como el fiscal general, el defensor del Pueblo, integrantes del Consejo Nacional Electoral, el procurador general del Estado, los superintendentes y otras autoridades de control. Quienes resulten elegidos vocales del CPCCS, recibirán una institución que llega con algunos de los procesos de designación más importantes del Estado aún abiertos o retrasados. El concurso para fiscal general continúa en desarrollo; la renovación parcial del CNE sigue en trámite; y la Defensoría del Pueblo permanece bajo una autoridad encargada. Más allá de cuándo concluyan esos procesos, su sola demora evidencia una preocupante normalización de la provisionalidad institucional.

Una democracia no solo requiere instituciones independientes, también necesita que sus autoridades sean designadas oportunamente y conforme a las reglas previstas. La estabilidad institucional no depende únicamente de quién ocupa un cargo, sino también de que los procedimientos de selección funcionen dentro de plazos razonables.

Es legítimo discutir si el CPCCS debe mantenerse, reformarse o desaparecer. Su historial de politización y de designaciones cuestionadas no es menor. Pero mientras la Constitución le atribuya estas competencias, su elección no puede seguir tratándose como un asunto secundario.

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