Cartas de lectores | Lo que resolvió la Corte: suicidio asistido con ayuda médica

Ningún médico debe ser obligado a participar en eutanasia o suicidio con ayuda médica

A propósito del caso hecho público, en el que, frente a los sufrimientos generados por determinada enfermedad catastrófica, una paciente pide ayuda para poner fin a su existencia, la sentencia 67-23-IN/24 es una forma de eutanasia que en nuestro país no está permitida ni por ley, ni por el código de ética médica.

Lo que la Declaración de Ginebra permite a los Médicos es la ortotanasia, que frecuentemente es confundida con la eutanasia.

La 70 Asamblea General de la AMM en Tiflis, Georgia, en octubre de 2019, reiteró su fuerte compromiso con los principios de la ética médica para mantener el máximo respeto por la vida humana. Por lo tanto, la Asociación Médica Mundial se opone firmemente a la eutanasia, al suicidio asistido con ayuda médica y a la distanasia.

Para fines de esta declaración, la eutanasia consiste en que el médico administra deliberadamente una substancia letal o realiza una intervención para causar la muerte de un paciente, que por lo general no está en capacidad de decidir ‘per se’, sino a través de terceras personas.

El suicidio con ayuda médica se refiere a los casos en que, por petición voluntaria de un paciente con capacidad de decisión, el médico permite deliberadamente que un paciente ponga fin a su vida al prescribir o proporcionar substancias médicas cuya finalidad es causar la muerte.

Ningún médico debe ser obligado a participar en eutanasia o suicidio con ayuda médica, ni tampoco debe ser obligado a derivar un paciente con este objetivo.

Por separado, el médico que respeta el derecho básico del paciente a rechazar el tratamiento médico no actúa de manera contraria a la ética al renunciar o retener la atención no deseada, incluso si el respeto de dicho deseo resulta en la muerte del paciente.

En todo caso, alquilo balcones para ver quién ‘apretará el gatillo’ para dar cumplimiento a esta controversial, antiética e ilegal resolución, que implica un flagrante atropello a la objeción de consciencia de los médicos ecuatorianos.

Francisco Plaza Bohórquez