Los requisitos que deberán cumplir los aspirantes a jueces temporales en Ecuador
El Consejo de la Judicatura aprobó una metodología extraordinaria para designar jueces temporales en unidades judiciales y tribunales contenciosos

Judicatura aprobó el 30 de julio la selección de jueces temporales en Ecuador.
Lo que debes saber
- Judicatura aprobó el 30 de julio la selección de jueces temporales en Ecuador.
- Servidores con cinco años en la Función Judicial podrán postular a las vacantes.
- La medida busca cubrir la falta de jueces y evitar retrasos en la justicia.
El Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) aprobó las metodologías para la selección y designación de jueces temporales en las unidades judiciales de primer nivel y en los Tribunales Contenciosos Administrativos, Contenciosos Tributarios y de lo Contencioso Administrativo y Tributario a escala nacional. La resolución fue adoptada el 30 de julio de 2026.
La entidad argumentó que la medida busca garantizar la continuidad del servicio de justicia y evitar afectaciones en la atención de causas judiciales debido a la falta de jueces en el sistema.
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¿Quiénes podrán postular para los cargos temporales?
La convocatoria interna para las unidades judiciales estará dirigida a secretarios, oficiales mayores, ayudantes judiciales y amanuenses que cuenten con nombramientos definitivos, provisionales o contratos de servicios ocasionales. Además, los postulantes deberán acreditar al menos cinco años de permanencia dentro de la Función Judicial.
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En el caso de los tribunales de lo contencioso, la convocatoria estará abierta exclusivamente para jueces titulares de las unidades judiciales de primer nivel.
Los criterios que se aplicarán en la selección
La metodología aprobada establece que la evaluación considerará aspectos como la formación académica, la experiencia profesional y la ausencia de sanciones disciplinarias que comprometan la idoneidad de los aspirantes para ejercer funciones jurisdiccionales.
Asimismo, no podrán participar quienes mantengan sanciones por infracciones graves o gravísimas. Los candidatos deberán presentar una declaración juramentada notariada que certifique que no tienen inhabilidades contempladas en el Código Orgánico de la Función Judicial.
Convocatorias aún no tienen fecha definida
El Pleno del CJ dispuso que la Dirección Nacional de Talento Humano inicie las acciones técnicas, administrativas y tecnológicas necesarias para implementar ambas metodologías.
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Sin embargo, la fecha de inicio del proceso y el número de vacantes que serán cubiertas aún no han sido anunciados y se conocerán cuando se publiquen oficialmente las convocatorias.
La Judicatura aclaró que estas metodologías tienen carácter extraordinario y fueron diseñadas para enfrentar la escasez de jueces en el país. El organismo precisó que este mecanismo no reemplazará los concursos públicos de méritos y oposición, que continúan siendo la vía ordinaria para la designación de magistrados.