Reforma migratoria en Argentina: expulsarán a extranjeros por discursos de odio
El Gobierno argentino oficializó cambios a la Ley de Migraciones para prohibir el ingreso y deportar a extranjeros que promuevan discursos de odio

Javier Milei participa en un acto público en medio del debate por la reforma migratoria y las sanciones a discursos de odio.
El Gobierno de Argentina formalizó una reforma sustancial a la legislación migratoria vigente, orientada a endurecer los criterios de acceso y permanencia de ciudadanos extranjeros en su territorio. La medida se concretó a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 681/2026, firmado por el presidente Javier Milei e integrantes de su gabinete ministerial.
De acuerdo con un comunicado oficial emitido por la Oficina del Presidente, la decisión responde al incremento de "manifestaciones de hostilidad contra la República Argentina y los argentinos". Bajo esta premisa, la normativa faculta a las autoridades competentes a vetar el ingreso de infractores, revocar residencias previamente otorgadas y ordenar procesos de deportación según la gravedad de cada hecho.
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Inconsistencias graves y ultraje a símbolos patrios como causales de sanción
Las modificaciones impactan directamente en el articulado de la Ley N° 25.871 (Ley de Migraciones). En concreto, se establecen como nuevos motivos de inadmisión y revocación de residencia el haber emitido "mensajes de odio en forma oral o escrita" o haber incitado a la violencia contra la población por razones de nacionalidad.
Asimismo, el marco legal alcanza a personas que participen o promuevan el ultraje a los símbolos patrios argentinos. Tras formalizarse la cancelación del estatus migratorio, las autoridades nacionales contarán con la potestad de intimar al extranjero a abandonar el país en un plazo perentorio o ejecutar su expulsión inmediata, previa evaluación de los elementos de cada caso.
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Alcances de la norma y resguardo de las libertades individuales
Desde el Poder Ejecutivo explicaron que la resolución busca resguardar la convivencia social ante manifestaciones de menosprecio dirigidas a la cultura y a la identidad nacional. Según el texto oficial, admitir la residencia o el acceso a personas que incurran en estas conductas atenta contra el orden público.
No obstante, el decreto precisa límites claros respecto a los derechos constitucionales. El documento aclara expresamente que la medida no penalizará las "expresiones de disenso ideológico o de crítica política, académica o ciudadana".
Adicionalmente, la administración central fundamentó que el articulado guarda coherencia con los parámetros de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, instrumento internacional que sanciona la apología del odio cuando configura una incitación a la violencia.
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Aplicación operativa e impacto de las nuevas disposiciones
Por su parte, la ministra de Seguridad Nacional, Alejandra Monteoliva, detalló que el DNU reestructura tres ejes operativos fundamentales de la política migratoria: el impedimento de ingreso, la cancelación de residencias y las consecuencias legales de dicha anulación.
La funcionaria enfatizó que el Estado ejerce su facultad soberana para regular el perfil de las personas a las que autoriza la permanencia en el país. Aclaró además que la norma no atenta contra los flujos migratorios ni persigue afinidades políticas, sino que sanciona conductas concretas, como la profanación de la bandera o la incitación a agresiones contra el pueblo argentino.
El Decreto de Necesidad y Urgencia entrará en vigor de manera inmediata tras su publicación en el Boletín Oficial, momento en el cual será remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso Nacional para su correspondiente trámite legislativo.