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Plazo para que empresas generen su propia energía se acerca en Ecuador: Gobierno activa seguimiento
El plazo para contar con estas soluciones vence el 15 de diciembre de 2026. Las empresas distribuidoras harán un seguimiento del avance de estos proyectos

Las empresas consideradas grandes consumidores deben contar con sistemas propios de generación de energía hasta diciembre de 2026 (foto referencial).
Lo que debes saber
- El plazo para que los clientes regulados de alto voltaje implementen sistemas de autogeneración vence el 15 de diciembre de 2026, según el Decreto Ejecutivo 32.
- El Viceministerio de Electricidad ordenó a las empresas distribuidoras notificar a los usuarios, levantar un catastro actualizado y remitir informes mensuales sobre el avance de los proyectos.
- La medida busca impulsar la incorporación de generación propia en grandes consumidores como mineras, acereras y otras industrias, en medio del déficit eléctrico cercano a 1.300 MW que tiene Ecuador.
A menos de cinco meses de que venza el plazo fijado en el Decreto Ejecutivo 32, las empresas e industrias consideradas clientes regulados de alto voltaje deberán acelerar la implementación de sus sistemas de autogeneración eléctrica. El Gobierno informó que la fecha límite para cumplir esta obligación es el 15 de diciembre de 2026 y dispuso un seguimiento mensual de los proyectos.
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El Viceministerio de Electricidad, que es parte del Ministerio de Ambiente y Energía, emitió nuevos lineamientos para controlar el cumplimiento de esta disposición, incluida en el Decreto Ejecutivo 32, publicado en el Registro Oficial el 15 de junio de 2025.
Esta normativa otorgó un plazo de 18 meses para que los clientes de tarifa de alto voltaje que no cuentan con sistemas de generación puedan implementar alternativas destinadas a abastecer su propia demanda de electricidad.
Distribuidoras deberán notificar a los clientes
A través del oficio Nro. MAE-VEER-2026-0255-OF, firmado el 7 de julio de 2026 por Javier Medina, viceministro de Electricidad y Energía Renovable, se dispuso que las empresas eléctricas distribuidoras notifiquen formalmente a todos los clientes regulados de alto voltaje sobre la obligatoriedad de implementar estos sistemas.
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De acuerdo con este documento, al que accedió Diario EXPRESO las distribuidoras tendrán un plazo máximo de 15 días para comunicar a los usuarios sobre la obligación y recordarles que el periodo para cumplirla finalizará el 15 de diciembre de este año.
La disposición fue dirigida a las empresas eléctricas de Azogues, Centro Sur, Galápagos, Quito, Riobamba, Regional del Sur, Regional Norte, Ambato, Cotopaxi y CNEL.
El Viceministerio pide un catastro actualizado
En el mismo plazo de 15 días, las empresas distribuidoras deberán entregar al viceministerio un catastro actualizado y detallado de los clientes regulados de alto voltaje.
El registro deberá identificar cuáles empresas ya cuentan con sistemas de autogeneración, cuáles se encuentran implementándolos y cuáles todavía están en la etapa de planificación.
Habrá seguimiento mensual
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Las empresas distribuidoras también deberán exigir a cada cliente de alto voltaje la presentación de “un cronograma detallado de los hitos más relevantes para la implementación de sus sistemas de autogeneración”.
Estos cronogramas deberán ser remitidos mensualmente al Viceministerio de Electricidad y Energía Renovable para verificar el avance de los proyectos y asegurar el cumplimiento de la fecha límite.
¿Por qué las empresas deben generar su energía propia en Ecuador?
La implementación de sistemas de autogeneración por parte de los grandes consumidores forma parte de la estrategia del Gobierno para reducir la presión sobre el Sistema Nacional Interconectado, que mantiene un déficit de generación eléctrica desde 2023. Actualmente, esa brecha bordea los 1.300 megavatios (MW).
Ante este escenario, el presidente Daniel Noboa emitió en junio de 2025 el Decreto Ejecutivo 32 que dio a las empresas de alto voltaje (AV1 y AV2), consideradas como grandes consumidores, un plazo de 18 meses (hasta diciembre de 2026) para cubrir su propia demanda y así reducir la presión sobre el sistema eléctrico nacional.
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Los consumidores de alto voltaje en Ecuador se clasifican en dos grupos: AV1 y AV2.
- El grupo AV1 está conformado por las empresas que reciben energía eléctrica en niveles de voltaje superiores a 40 kilovoltios (kV) y hasta 138 kV. En este segmento se encuentran cementeras y diversas industrias, incluidas varias ubicadas en el sector industrial de Durán, en la provincia del Guayas.
- Mientras tanto, el grupo AV2 incluye a los que operan con voltajes superiores a 138 kV.
Dentro de este último grupo (AV2) se encuentran, las mineras Lundin Gold, Ecuacorriente, las acereras Novacero y Adelca, que en conjunto demandan alrededor de 250 MW, que equivale al 6 % de la demanda promedio nacional (4.200 MW). Además, consta también Petroecuador.