FOTO ARCHIVO DEL TERREMOTO DE 2016
El terremoto de 2016 afectó la red eléctrica de las provincias de Manabí, Esmeraldas y Santo Domingo.ARCHIVO

Seguros Sucre acude a casación para sortear el pago de $ 39 millones a CNEL

La aseguradora señala que no le han permitido ejercer su defensa

La compañía de seguros estatal en liquidación, Seguros Sucre, presentó un recurso de casación para desestimar el pago de los daños a las instalaciones de la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL) provocados por el terremoto del 16 de abril de 2016.

Según conoció este Diario, en el oficio presentado por el representante de Seguros Sucre, el estudio jurídico Maya & Asociados, se argumenta que la demanda hecha por CNEL no incluye a la aseguradora.

Esto debido a que, según Sucre, no se los demandó en calidad de beneficiario del acto administrativo impugnado, sino como un tercero coadyuvante. Es decir, que no se extendían los efectos de la sentencia.

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“(No se demandó a Sucre) en calidad de beneficiario del acto administrativo impugnado”, señala el oficio y añade que “por esa infracción no se citó con la demanda (...) para que comparezca”.

Demanda que CNEL presentó en noviembre de 2017 y ganó en septiembre de 2020 ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Guayaquil.

En ese proceso, solicitó se declare la vulneración de sus derechos y se reconozca el pago del seguro por los daños del terremoto de 2016 en sus instalaciones de Manabí, Esmeraldas y Santo Domingo valorado en $ 39 millones.

Por su parte, la Superintendencia de Compañías, también denunciada por CNEL en 2017, asimismo, presentó un recurso de casación por considerar que no debió ser demandada al no ser “la suscribiente de contrato alguno”.

Los señores jueces al haber revisado, analizado y sentenciado sobre un contrato (...) en la que noes parte contractual la Superintendencia de Compañías, vulneraron el derecho de la seguridad jurídica.

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Además, en el oficio que este Diario tuvo acceso, la Superintendencia cuestiona la legitimidad de la sentencia de 2020, al considerar que el Tribunal Contencioso Administrativo debió “cerciorarse de ser el órgano competente de la Función Judicial” para esta denuncia.

Instancias que, de ser concedidas, provocarían que se deje sin efecto la sentencia de 2020 y tome validez la resolución de apelación anterior a favor de Seguros Sucre, que ordena una nueva liquidación y que se excluyan las líneas de subtransmisión, redes de distribución, alumbrado público y postes.

Luego de pedir la ampliación del pedido, el 23 de marzo pasado, los recursos de casación fueron admitidos por la conjueza de la Corte Nacional, Hipatia Ortiz Vargas.

Según la Corporación contó a este Diario, las partes están a la espera de la convocatoria a la audiencia de casación.