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FOTO REFERENCIAL: ESTUDIANTES REUNIDOS EN EL PATIO DE UNA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EN 2022|archivo

Educación deroga un acuerdo que dejaba de ver inconductas estudiantiles como faltas

Gremios educativos lo consideraron contrario a la formación y lo rechazaron. La cartera de Estado lo retiró apenas una semana después de expedirlo

Copiar en un examen; rayar las paredes de la institución; poner apodos a maestros, compañeros o directivos; utilizar el celular en clases sin el permiso del profesor, son actos señalados como faltas que ameritan sanción académica o disciplinaria. Una reciente normativa del Ministerio de Educación dejaba de considerarlas como tales y las denominaba ‘conflictos escolares’, que debían ser resueltos mediante el diálogo para lograr acuerdos. No obstante, una semana después, la cartera de Estado la derogó por el rechazo de diversos gremios educativos.

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Los actos que dejaban de ser faltas eran numerosos y abarcaban aspectos polémicos, como por ejemplo, el “tener contacto físico sexual con otro miembro de la comunidad educativa como resultado de un accidente”.

Estos cambios eran parte de las nuevas disposiciones que contenía el acuerdo ministerial 2023-0055-A ‘Procesos educativos restaurativos de conflictos escolares’ emitido el pasado 13 de septiembre, de aplicación obligatoria para instituciones educativas públicas y privadas.

El documento generó el rechazo unánime de gremios de educadores, sobre todo de los privados laicos y confesionales. El consenso fue que este cambio era contrario a la formación del estudiante, debido a que eliminaba los límites que implica la existencia de sanciones académicas o disciplinarias ante el incumplimiento o desobediencia de reglas, normas y valores.

Según el acuerdo ministerial, los ‘conflictos’ se resolverían a través de cinco mecanismos alternativos: acuerdo entre pares; acuerdo entre estudiantes y personal educativo; conciliación entre pares; conciliación dirigida por el inspector o la inspectora; y conciliación dirigida por la instancia correspondiente.

Para que un conflicto escolar pueda ser considerado falta, y por tanto, sujeto a sanción, se debían considerar cinco criterios. Entre ellos, que sea reiterado, “esto quiere decir que la misma acción se repita tres (3) veces dentro del mismo año lectivo”. Además, que no sea posible la restitución del daño inmediatamente o en el corto plazo. Y si se demuestra que existe la intencionalidad de causar daño.

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Martha Córdova, presidenta de la Federación de Establecimientos Educativos Particulares (Fedepal), expresó su inconformidad. Más aún, con el tema del contacto físico sexual. “Lo peor de todo, lo más grave, es que dice ‘cualquier miembro de la comunidad educativa, si es con consentimiento, no es falta’, ¿o sea, qué quiere decir, que un padre puede tocar a una niña? ¿Que un profesor puede tocar a una niña? ¿Que el conserje puede tocarla porque no es una falta, sino un conflicto escolar? ¿Qué les pasa?”, exclamó.

Juan Carlos Rodríguez, directivo de la Corporación ecuatoriana para la calidad de la Educación (Corpeducar), coincidió en el rechazo al acuerdo y afirmó que los gremios se lo habían transmitido a las autoridades de Educación, por lo que esperaban que este fuera derogado o corregido.

En respuesta, la cartera de Estado optó ayer por la primera opción. A través de un comunicado, informó que el citado acuerdo ha sido derogado. Y añadió que será reemplazado por otro acuerdo que cumpla lo establecido en la Ley orgánica de Educación sobre la solución alternativa de conflictos. Ofreció que este recogerá inquietudes y sugerencias de la ciudadanía, a través de reuniones con gremios y actores educativos.

Educación indicó que el nuevo acuerdo será emitido el 27 de septiembre, luego de que concluya el plazo de entrega de comentarios por parte de los gremios y federaciones de establecimientos educativos.

Vemos como positivo que el Ministerio de Educación proceda a derogar el Acuerdo Ministerial 055-A y esperamos propositivamente la revisión de un instrumento que nos permita a los docentes edificar en los niños y jóvenes.

Juan Carlos Rodríguez

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