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El presidente de la República, Guillermo Lasso, suscribió el decreto ley tributario tras la muerte cruzada.Cortesía.

La nueva ley tributaria entrará en vigencia desde julio de 2023

El Gobierno aclarará su aplicación en los próximos días. También se emitirá un reglamento. Estos son los principales cambios de la reforma

Con el dictamen a favor del decreto ley en materia de impuestos este 16 de junio de 2023 por parte de la Corte Constitucional (CC), el Gobierno ya piensa en su aplicación.

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Luz verde al decreto ley sobre impuestos, pero no a propuesta sobre zonas francas

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El director del Servicio de Rentas Internas (SRI), Francisco Briones, aseguró que se espera la publicación en el Registro Oficial del Decreto Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar para que entre en vigencia, lo cual puede ocurrir en los próximos días. Por lo que se espera que cambios, como el menor descuento por concepto de Impuesto a la Renta rijan desde julio, señaló Briones.   

Además, dijo Briones, el SRI buscará aclarar algunos cambios que incluye el decreto ley y más adelante también se publicará un reglamento para su aplicación. 

"Queridos ecuatorianos, la Corte Constitucional emitió dictamen favorable al Decreto Ley de Economía Familiar que permite que 195 millones de dólares se queden en los hogares y que miles de negocios populares no paguen impuestos", dijo Lasso, en su cuenta de Twitter. 

Lasso además señaló que en los próximos días enviará nuevos decretos ley en materia económica. El ministro de Economía y Finanzas, Pablo Arosemena, ha señalado que al menos se analizan al menos cuatro nuevas propuestas legales: uno sobre el mercado de valores; uno adicional enfocado en inversiones; otro para la sostenibilidad y finanzas públicas; y una ley para emprendedores.

Pero, ¿qué contiene la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar? Estos son los cambios que plantea: 

Corte Constitucional

La Corte define el futuro de los decretos ley económicos este 16 de junio de 2023

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Impuesto a la renta:

  • La rebaja del impuesto a la renta es equivalente al 18 % del gasto deducible anual. Se aumentará el gasto deducible máximo según el número de cargas familiares. Se pueden registrar hasta cinco cargas familiares y el gasto deducible puede llegar hasta al equivalente del costo de 20 canastas familiares básicas (15.294 dólares).
  • Se incluyen los gastos en mascotas.
  • Los contribuyentes o sus cargas con enfermedades raras, catastróficas y/o huérfanas tendrán derecho al máximo de gastos deducibles, sin importar el número de cargas.
  • La reducción del impuesto a la renta es inmediata y aplica al 2023.

Negocios populares (RIMPE)

  • Los negocios populares con ventas anuales hasta 2.500 dólares no pagarán impuestos.
  • Cuotas progresivas para los negocios populares con ventas mayores a 2.500 dólares y hasta 20.000 dólares al año. 
  • La cuota del impuesto será fija entre 5 y 60 dólares conforme al aumento de las ventas anuales. 
  • Se excluyen del RIMPE a los artesanos. 
  • Se incluye en el RIMPE como negocios populares a los taxistas y se eliminara su obligateriedad de facturar electrónicamente. 
  • Tarifa 0% de IVA para todas las operaciones realizadas por los negocios populares. Tampoco deberán declararlo.
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El Gobierno defendió en la Corte Constitucional la urgencia de la reforma tributaria

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Impuesto a los pronósticos deportivos

  • Las operadoras de las plataformas deberán pagar el 15% sobre su base imponible. Su declaración y pago será mensual. 
  • Base imponible de las operadoras en Ecuador: Ingresos totales menos los premios pagados. 
  • Si se realiza una apuesta en una operadora no residente en Ecuador, el jugador (apostador) deberá asumir un 15% de impuesto sobre el valor de su apuesta al momento de realizarla. 
  • Se aplicará una retención del 15% sobre el valor de los premios de los jugadores (apostadores), que será realizado por la plataforma o las instituciones a través de las cuales se acredite el premio.