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Los empresarios anunciaron que presentarán la demanda tras la aprobación de la Asamblea.Cortesía.

Empresarios presentan demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley Humanitaria

Según los demandantes, la ley no cumplió con los procedimientos legislativos y afecta a la seguridad jurídica del país

El Comité Empresarial Ecuatoriano (CEE) informó este 13 de julio de 2020 que presentó, junto a otras federaciones del sector productivo, una demanda de inconstitucionalidad en contra de dos disposiciones de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID-19.

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Los empresarios señalan que la propuesta legal no cumplió con los procedimientos legislativos, pues cuando ingresó como proyecto de ley, el texto normativo no tenía la calidad de “ley interpretativa”, por lo que, no se cumplieron con los trámites respectivos, en particular, dos debates dentro de la Asamblea Nacional.

El CEE señala que la disposición interpretativa cambia y agrega nuevos elementos jurídicos de la causal de fuerza mayor o caso fortuito para terminar un contrato de trabajo establecido del artículo 169 numeral sexto de la Código de Trabajo. La Ley de Apoyo Humanitario, dice en un comunicado el CEE, agrega el elemento “cese total y definitivo” de la actividad económica, lo cual es ajeno a dicha causal. Esto permite establecer qué no es una norma interpretativa, pues no aclara el sentido de la causal, sino que agrega nuevos elementos, siendo esta en realidad en una reforma a la causal.

A través de la causal de fuerza mayor, algunas empresas del país despidieron a empleados en medio de la crisis de COVID-19 con bajas o sin indemnizaciones, pese a que siguieron operando, lo cual generó reclamos de diversos sindicados de trabajadores.  

Según los empresarios, al otorgarle inconstitucionalmente la calidad de la disposición interpretativa se pretende otorgar el efecto de retroactividad y afectar a situaciones previas a la expedición de la ley. Esto, a su vez, afecta el derecho a la seguridad jurídica, argumentan. 

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La disposición normativa fue ingresada antes del segundo debate por la Comisión de Desarrollo Económico, en calidad de norma reformatoria, y después mediante un “alcance” le cambiaron el membrete a “interpretativa”; lo cual reafirma el contenido reformatorio de dicho texto normativo.

Los empresarios no son los únicos que han presentado demandas de inconstitucionalidad. Sindicatos de trabajadores y otros sectores han efectuado acciones similares.