Acuerdo ministerial
Celulares en clases: cómo se implementará la nueva regulación en escuelas de Ecuador
El Gobierno elimina el catálogo de faltas y traslada a los rectores la potestad para decidir el manejo de estos dispositivos

El uso de celulares ya no no es una falta severa.
El Ministerio de Educación trasladó la responsabilidad de regular los dispositivos electrónicos a las autoridades de cada plantel educativo mediante el Acuerdo Ministerial 2026-00028-A. Esta medida, oficializada el 16 de abril de 2026, elimina la normativa centralizada de sanciones y obliga a colegios fiscales, fiscomisionales y particulares a definir sus propias normativas tecnológicas.
Sociedad
Gobierno emite reforma escolar : Uso del celular y rectores con más poder, entre los cambios de 2026
Carlos Isaac Pino
El contraste administrativo: De la prohibición a la delegación
Para comprender cómo operarán los colegios desde ahora, es necesario contrastar el marco legal derogado con las nuevas directrices que obligan a las instituciones a asumir el control disciplinario.
- El modelo de 2023 (Derogado): El Ministerio de Educación, mediante el Acuerdo 00081-A, mantenía una microgestión desde los distritos. Su artículo 25 prohibía expresamente "usar dispositivos electrónicos como celulares, tabletas o computadoras sin permiso". Además, imponía una tabla nacional con castigos estandarizados para cualquier alumno del país que incumpliera esta regla, restando autoridad al docente en el aula.
- El modelo de 2026 (el nuevo): El Estado suprime esa tabla de faltas. Ahora, la regulación no viene impuesta por el Ministerio. Cada institución debe redactar las reglas de uso dentro de su Código de Convivencia. El documento transfiere la carga operativa a los rectores, quienes deberán acordar con los padres de familia y docentes si la tecnología se restringe o se integra.
Tres escenarios de implementación en los planteles
Al quedar eliminada la prohibición nacional, los colegios enfrentan el desafío de regular el uso tecnológico por su cuenta. Basado en la autonomía que otorga el nuevo acuerdo, las instituciones podrán adoptar uno de los siguientes tres escenarios:
- Restricción total en el recinto escolar: Los colegios pueden establecer en su Código de Convivencia que el ingreso de teléfonos móviles queda totalmente prohibido, tanto en aulas como en recesos. Si un estudiante lo ingresa, el rector tiene la potestad de retenerlo y aplicar medidas restaurativas, sin necesidad de consultar al Distrito Educativo.
- Integración pedagógica condicionada: Instituciones con mayor infraestructura digital pueden normar que el dispositivo solo se utilice bajo orden explícita del docente para actividades académicas. Fuera de ese perímetro, el teléfono debe permanecer guardado.
- Regulación por zonas (recreo vs. aula): Un tercer escenario permite a los planteles sectorizar el uso. Prohibición estricta durante las horas de clase, pero permisión de uso durante los recesos o tiempos de alimentación.
Sanciones directas y la regla de los 12 años
Si un estudiante incumple el nuevo Código de Convivencia respecto a los dispositivos (o comete faltas como fraude académico usando el teléfono), el proceso disciplinario también cambia.
El acuerdo de 2026 otorga a los rectores la competencia oficial para sancionar directamente, evitando enviar el expediente a la Junta Distrital de Resolución de Conflictos, como ocurría hasta 2023. Sin embargo, hay un límite legal inamovible: la inimputabilidad infantil.
El documento prohíbe someter a procesos disciplinarios a los estudiantes menores de 12 años. Si un alumno de educación inicial o básica elemental infringe las normativas tecnológicas del colegio, la institución no podrá emitir sanciones punitivas ni registrar el hecho en su expediente. Solo podrá aplicar acciones preventivas y de diálogo directo con los representantes legales