ELECCIONES SECCIONALES 2026
¿Cuáles son los requisitos para votar en las elecciones seccionales de 2026 en Ecuador?
La Ley Electoral en Ecuador establece requisitos para que un ciudadano sea considerado electoral y pueda sufragar en los procesos electorales

Las elecciones seccionales y del CPCCS serán el 29 de noviembre de 2026.
Lo que debes saber
- Constar en el padrón electoral y portar cédula o pasaporte faculta el sufragio.
- El voto es obligatorio entre 18 y 65 años; la multa por no votar es de $48,20.
- Las elecciones seccionales y del CPCCS se adelantaron al 29 de noviembre de 2026.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) llevará a cabo las elecciones seccionales y del CPCCS el próximo 29 de noviembre de 2026 en todo el territorio de Ecuador. De acuerdo con la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas (Código de la Democracia) la ciudadanía habilitada deberá cumplir con los requisitos legales para ejercer el sufragio obligatorio u optativo. La jornada electoral, inicialmente prevista para febrero de 2027, fue reprogramada de manera anticipada por el organismo electoral ante la alerta de un fuerte fenómeno de El Niño.
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Requisitos obligatorios para ejercer el derecho al voto
Para sufragar en los comicios seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), el artículo 12 del Código de la Democracia determina que la calidad de elector se comprueba mediante la constancia del nombre del ciudadano en el registro electoral.
La verificación formal se realizará en la junta receptora del voto correspondiente a través de los siguientes documentos:
- Cédula de identidad.
- Pasaporte.
- Documento de identidad consular.
La normativa electoral puntualiza que la falta de vigencia o caducidad de cualquiera de estos documentos no impedirá el ejercicio del derecho al sufragio. Asimismo, es condición indispensable que el ciudadano se encuentre en pleno goce de sus derechos políticos y de participación.

Prohibición de tomar fotografías al voto se mantiene para las seccionales.
Causales de suspensión de los derechos políticos
El artículo 14 de la ley electoral estipula las razones expresas por las cuales una persona pierde temporalmente el goce de sus derechos políticos o de participación:
- Interdicción judicial, mientras esta subsista, salvo en caso de insolvencia o quiebra que no haya sido declarada fraudulenta.
- Sentencia ejecutoriada que determine una pena privativa de libertad, mientras esta se mantenga vigente.
- Declaración de responsabilidad por infracciones electorales sancionadas expresamente por la ley, emitida por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) mediante sentencia ejecutoriada.
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Obligatoriedad del sufragio y sanciones económicas
En el sistema democrático de Ecuador, el voto se clasifica según los rangos etarios y las funciones de los ciudadanos:
- Voto obligatorio: Ciudadanos de entre 18 y 65 años de edad.
- Voto facultativo: Jóvenes de 16 y 17 años, personas adultas mayores (más de 65 años) y miembros activos de la fuerza pública.
Multa por no acudir a las urnas
Los electores obligados que no asistan a votar deberán cancelar una sanción económica equivalente al 10 % de un salario básico unificado. Para el periodo correspondiente a 2026, la sanción asciende a 48,20 dólares.
Modificación del calendario electoral para los comicios de 2026
Las elecciones seccionales y del CPCCS estaban planificadas originalmente para febrero de 2027. No obstante, el Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió adelantar la convocatoria para el 29 de noviembre de 2026 debido a los informes técnicos y la presunta alerta originada por la presencia de un fuerte fenómeno de El Niño en el país.