ANÁLISIS
Las prefecturas en Ecuador: ¿puente entre cantones o muro burocrático?
Las prefecturas cargan con dudas no resueltas. Suprimir una estructura intermedia sin recursos ni capacidades no garantiza descentralizar el poder

El territorio que decide quién gobierna la ruralidad del Guayas no siempre coincide con aquel donde se ejercen las competencias provinciales más visibles.
Lo que debes saber
- El Cootad y la subsidiariedad cuestionan si las prefecturas duplican funciones municipales.
- Problemas de concesiones viales, brechas electorales y fallas de control afectan al Guayas.
- El debate analiza si las prefecturas descentralizan el poder o son un muro burocrático.
Nadie discute si un municipio debe existir. Su relación de cercanía con la vida cotidiana es demasiado visible. Recoge la basura, ordena el espacio público, administra mercados y regula el suelo. Sin embargo, las prefecturas cargan con unas dudas no resueltas: ¿Qué hacen que no podrían ejecutar los municipios, solos o coordinadamente?
Cootad y el principio de subsidiariedad en Ecuador
El Cootad distribuye competencias exclusivas, concurrentes y delegables entre los distintos niveles de gobierno. Esa arquitectura jurídica responde a un principio anterior al propio código, la subsidiariedad, según la cual, como sostuvo Pío XI en 1931, una instancia superior no debe asumir aquello que otra menor puede resolver adecuadamente.
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Coordinación territorial: el caso de la Prefectura del Guayas
La subsidiariedad no obliga a municipalizarlo todo. Cuencas, sistemas de riego o vías intercantonales pueden requerir coordinación superior. Cuando esa coordinación funciona, no responde a un diseño institucional predefinido, sino a convenios que se activan caso por caso, muchas veces a partir de una necesidad que nace en el nivel más local. En 2024, por ejemplo, la intervención de la RVE 4E0, en Daule, requirió un convenio entre el Ministerio de Transporte, la Prefectura del Guayas y el Municipio: cada entidad tenía una atribución diferente, pero la solución dependió de que las tres decidieran articularse. Algo parecido ocurrió en Mariscal Sucre, donde los presidentes de las juntas parroquiales (que suelen identificar las necesidades más próximas de la ruralidad, aunque dependen de otros niveles para ejecutarlas) impulsaron un acercamiento con el Municipio de Milagro y la Prefectura del Guayas para resolver el abastecimiento de agua. La demanda nació en la parroquia, la competencia correspondía al Municipio y el apoyo técnico involucraría a la Prefectura.
Infraestructura vial y concesiones en Guayas
Existe otra discusión sobre la capacidad efectiva del nivel provincial, que se hace visible precisamente cuando no hay un convenio activo que la sostenga. En Guayas, de casi 6.000 kilómetros de vías, 605 siguen concesionados desde 2000 a compañías del mismo grupo, mientras las vías rurales provinciales avanzan con una lentitud que contrasta con ciertas obras municipales.
Peajes, vías alternas y gestión pública
El problema no es solo el peaje, sino la alternativa pública. Sin pretender equiparar dos sistemas viales profundamente distintos, el caso de EE.UU. permite ilustrar ese principio. La I-95 y la Florida’s Turnpike permiten elegir entre una vía gratuita y otra pagada. En Guayas hay rutas alternas, pero su deterioro vuelve nominal esa elección. La concesionada se usa porque la gratuita dejó de funcionar razonablemente.
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Representación electoral y ruralidad en la provincia
A este problema de capacidad se suma un eje distinto de crítica: uno de legitimidad electoral. Guayaquil concentra más de la mitad del padrón provincial, de modo que el territorio que decide quién gobierna la ruralidad del Guayas no siempre coincide con aquel donde se ejercen las competencias provinciales más visibles. Quienes dependen más directamente de la vialidad rural, el riego o el fomento productivo poseen, en conjunto, menor capacidad para definir a la autoridad.
Regiones autónomas y la Constitución de 2008
Frente a este cruce de problemas de capacidad y de legitimidad, cabe preguntarse si alguna vez se intentó un rediseño institucional distinto. La Constitución de 2008, en su artículo 251, permitió crear regiones autónomas con autoridades electas y competencias supraprovinciales, pero el modelo nunca se concretó. Buscaba atender problemas compartidos y mejorar la coordinación territorial, aunque deja la duda de por qué crear otro nivel antes de establecer qué capacidades no podían ofrecer las estructuras existentes.

Cualquier rediseño institucional debe definir quién asumiría las vías intercantonales y el riego, y cómo evitaría ampliar las desigualdades territoriales.
Fiscalización de Contraloría en la gestión provincial
Esa menor autonomía, frente al diseño que nunca se implementó, podría compensarse con mejor planificación y fiscalización, pero no cabe asumirlo. Contraloría ha detectado retrasos, prórrogas sin sustento y multas no cobradas. En Sucumbíos hubo sanciones omitidas por atrasos de 87 y 38 días. No son fallas exclusivamente provinciales, pero cuestionan que una mayor escala garantice mejores controles.
Descentralización y el futuro de las prefecturas
Cualquier rediseño institucional debe definir quién asumiría las vías intercantonales y el riego, y cómo evitaría ampliar las desigualdades territoriales. Suprimir una estructura intermedia no garantiza descentralizar, pues sin recursos ni capacidades locales podría recentralizar el poder. La cuestión, en el fondo, es si las prefecturas funcionan como puente entre cantones (coordinando, reduciendo brechas y gestionando eficazmente competencias supracantonales) o si se han vuelto el muro burocrático que el propio título de este artículo pone en duda