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Legislación

Eutanasia en Ecuador: ¿Paciente, médico o Estado? El peso de decidir sobre el dolor

El sufrimiento no solo es físico. Médicos piden fortalecer atención médica. Lo paliativo aún es insuficiente en el país 

En Ecuador, hasta la fecha, el Ministerio de Salud Pública registra un solo caso de eutanasia aprobado.

En Ecuador, hasta la fecha, el Ministerio de Salud Pública registra un solo caso de eutanasia aprobado.FreePik

Flor Layedra
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Lo que debes saber

  • La Comisión del Derecho a la Salud y Deporte prepara el informe para el segundo debate del proyecto de ‘Ley Orgánica de la Eutanasia’.
  • La eutanasia fue despenalizada, en Ecuador, desde febrero de 2024.
  • Hasta la fecha, el Ministerio de Salud Pública ha recibido 13 solicitudes de eutanasia y tres solicitudes de información.

¿El paciente, el médico, el sistema jurídico o sanitario? En Ecuador se elaboran los preceptos para legalizar la eutanasia, en medio de la interrogante sobre quién debe determinar cuándo el dolor es insoportable.

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El paciente y el límite del dolor

Para Carlos Centeno, director del Servicio de Medicina paliativa de la Clínica Universidad de Navarra, el punto de partida es claro: quien expresa ese límite es el propio paciente. Sin embargo, matiza que ese “no puedo más” no solo se reduce al dolor físico, sino que engloba un sufrimiento más amplio, que puede incluir factores emocionales, sociales o incluso existenciales.

Sin embargo, la médica cirujana laparoscópica y docente de la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil, Gabriela Pico, señala que solo quien atraviesa esa situación puede dimensionar lo que implica tomar una decisión de ese tipo. Por ello, sostiene que la última palabra debe recaer en el paciente, aunque subraya que los médicos están obligados a ofrecer alternativas, pues la eutanasia no es la única salida.

Con ella concuerda Centeno. Además, afirma que la respuesta médica debe centrarse en aliviarlo mediante cuidados paliativos, pues -según su experiencia- la mayoría de estos cuadros pueden ser abordados para hacerlos más llevaderos, incluso en etapas avanzadas.

El legislador no debe guiarse solo por tendencias globales. Si bien existen escenarios complejos, también la medicina ha avanzado y ofrece cuidados paliativos.Francisco Andino, exministro de Salud y neurólogo

Decisión individual bajo condiciones

Desde otra perspectiva, el exministro de Salud y neurólogo, Francisco Andino, plantea que, en caso de contemplarse una decisión sobre la eutanasia, esta debería recaer exclusivamente en el paciente. No obstante, advierte que esa determinación solo sería válida si la persona se encuentra en plenas condiciones cognitivas y emocionales, libre de presiones externas, como intereses económicos de familiares, herencias, influencias del entorno o fallas del sistema de Salud que puedan inducir la decisión.

Aunque los médicos difieren en sus posturas, coinciden en un punto crítico: las falencias del sistema de salud. Centeno advierte que la falta de cuidados paliativos adecuados puede agravar el sufrimiento de los pacientes, mientras que Andino reconoce que estos servicios siguen siendo limitados, lo que condiciona las opciones reales al final de la vida.

Para Andino, el debate no debe centrarse únicamente en habilitar o no la eutanasia, sino en fortalecer las condiciones del sistema de salud para acompañar al paciente hasta el final de la vida, sin adelantar la muerte como solución. Asimismo, advierte que el enfoque de una ley que normalice la eutanasia podría reflejar, a su criterio, un debilitamiento del rol del Estado en garantizar una atención adecuada.

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¿Eutanasia o respuesta fácil?

En ese contexto, Centeno advierte que la eutanasia puede convertirse en una salida simplificada frente a un problema estructural. Sostiene que Ecuador debe equipararse con la región fortaleciendo los cuidados paliativos, mediante acceso a fármacos, formación médica y ciudadana, investigación y equipos interdisciplinarios.

En el debate sobre cómo expresar la voluntad, el penalista y docente de la Universidad de Guayaquil, Juan Vizueta sostiene que, aunque la decisión parte de la autonomía del paciente, el criterio determinante sobre si el dolor es insufrible recae en la medicina. A su juicio, es el informe médico -basado en la lex artis- el que debe establecer si existe una enfermedad incurable, irreversible y sin expectativa de mejora que justifique considerar la eutanasia.

En ese sentido, advierte que no basta la voluntad del paciente. Dice que la decisión debe sustentarse en condiciones clínicas objetivas, para evitar que responda a percepciones o estados emocionales transitorios.

La medicina paliativa es clave en enfermedades terminales, pero no la única opción; también existen alternativas y decisiones personales orientadas al bienestar del paciente.Gabriela Pico, médica cirujana laparoscópica y docente de la UCSG

La voluntad anticipada en discusión

Por su parte, la penalista y docente de la Universidad Internacional del Ecuador, Tanya Torres, plantea que las personas podrían dejar constancia anticipada de su decisión, incluso a través de la cédula, como ocurre con la donación de órganos. A su criterio, este mecanismo permitiría respetar el consentimiento informado del paciente, evitando que la decisión recaiga en familiares cuando la persona ya no pueda expresarse por sí misma.

En contraste, Andino se opone a normalizar estas decisiones con un registro previo. Considera que incluirla -como la donación de órganos- equivale a una autorización general para morir y desnaturaliza su carácter excepcional.

Hasta la fecha, el Ministerio de Salud Pública ha recibido 13 solicitudes de eutanasia en el país; desde 2024, solo una ha sido aprobada. Además, se registran tres pedidos de información.

En Ecuador hay profesionales en cuidados paliativos comprometidos con impulsar cambios; ya se ha formado a una médica y una psicóloga, y otra está en capacitación.Carlos Centeno, director del Servicio de Medicina paliativa, Clínica Universidad de Navarra

Asamblea.

La Comisión del Derecho a la Salud y Deporte ha recibido aportes técnicos de cara a la elaboración del informe para el segundo debate de la ley.
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